Enmienda cercana al cierre sin ampliación registrada del plazo
· hace 3 meses
El acta aprueba la enmienda el 6 de julio y el portal registra el cierre de ofertas para el 8 de julio, sin reflejar una extensión: quedaron dos días calendario para ajustar las propuestas. El artículo 104, párrafo II, de la Ley 47-25 establece que una modificación posterior al 75 % del plazo de recepción requiere extenderlo proporcionalmente y permitir nuevas preguntas sobre lo modificado; corresponde verificar el cómputo del plazo y si se habilitó esa oportunidad.
“el plazo para realizar enmiendas al presente proceso es hasta el día seis (6) de julio del dos mil veintiséis … (2026). … Primero: Aprobar la Enmienda núm. 1 a los documentos de Especificaciones Técnicas y Fichas Técnicas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →