Verificar autorización previa para aprobar la contratación menor
· hace 3 meses
El acta identifica al Encargado Administrativo y Financiero y a la Encargada de Compras como quienes conocieron y aprobaron el inicio; no consigna autorización previa de la máxima autoridad ni coordinación del área jurídica. La Ley asigna la contratación menor a la Dirección Administrativa en coordinación con la Jurídica y previa autorización de la máxima autoridad; conviene verificar esos actos en el expediente, pues su ausencia en esta acta no prueba que no existan.
“«se reunieron el Sr. Richard Pujols, Encargado Administrativo y Financiero y la Sra. Dewilka Quezada, Encargada de Compras y Contrataciones, para conocer y decidir sobre lo siguiente:» … «PRIMERO: APROBAR el inicio del procedimiento»”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 68 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 68 — Competencia para la organización, gestión y ejecución
Artículo 68.- Competencia para la organización, gestión y ejecución. La competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de selección previstos en los artículos 60, 62, 63, 64, 65, 66 y 67 de la presente ley, se distribuirá de la forma siguiente: 1) Para los procedimientos de licitación pública, licitación pública abreviada, subasta inversa, sorteo de obras y contratación simplificada, serán competentes los Comités de Contrataciones Públicas de las instituciones contratantes; 2) Para el procedimiento de contratación menor será competente la Dirección Administrativa en coordinación con la Dirección Jurídica, o las unidades equivalentes, previa autorización de la…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →