La Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial aprobó el 1 de julio de 2026 una enmienda a la ficha técnica del proceso CPADB-DAF-CM-2026-0030, convocado el 29 de junio para remozar callejones en Pantoja y Hato Viejo. Modifica el plazo mínimo de ejecución a doce meses, regula la entrega posterior de la garantía de seriedad para ofertas ya depositadas y especifica evaluación Cumple/No Cumple y adjudicación por menor precio con una regla del 10%; no adjudica el proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control financiero de seriedad al permitir que algunos oferentes aporten la garantía después de depositar la oferta, en vez de acompañarla al momento de presentación..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda impone un plazo mínimo de doce meses, no un plazo máximo ni una duración estimada. Conviene verificar si esa duración mínima responde a las necesidades y programación de las obras, pues podría limitar propuestas con ejecución más rápida.
“El plazo mínimo de ejecución de la obra será de doce (12) meses, contados a partir de las condiciones establecidas en el contrato.”
Tiempo mínimo de ejecución de la obraPlazo de ejecución
La enmienda indica que modifica el plazo mínimo, pero no reproduce la redacción anterior.
Se fija un plazo mínimo de doce meses, contado desde las condiciones establecidas en el contrato.
Endurece
Garantía de Seriedad de la OfertaMomento de presentación de la garantía
La ficha previa contemplaba la garantía de seriedad; esta enmienda no reproduce la regla previa completa.
Los oferentes deben presentarla; quienes ya habían depositado ofertas al publicarse la enmienda pueden entregarla durante el plazo de subsanación del cronograma.
RelajaQuita un control: Debilita el control financiero de seriedad al permitir que algunos oferentes aporten la garantía después de depositar la oferta, en vez de acompañarla al momento de presentación.
Criterio de adjudicaciónEvaluación y selección
La enmienda señala que modifica el criterio, pero no reproduce la redacción anterior.
Evaluación Cumple/No Cumple y menor precio; añade la frase «respetando el criterio ni menor ni igual al 10%», sin precisar en esta enmienda su base de cálculo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona