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Pliego

PLIEGO COMPLETO.pdf

REMOZAMIENTO Y READECUACION DE PATIO ESPAÑOL · Hospital Traumatológico Dr. Ney Arias Lora

Publicado el 29 jun de 202643 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HOSPNEYARIAS-DAF-CM-2026-0236

Lo que dice

El pliego de junio de 2026 establece las bases del proceso HOSPNEYARIAS-DAF-CM-2026-0236 para remozar el Patio Español del Hospital Dr. Ney Arias Lora y fija un presupuesto de RD$17,500,000.00. Incluye requisitos técnicos, financieros y de evaluación, así como condiciones de pago, garantías y ejecución contractual.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$1.8 millones

Anticipo para MIPYMES inferior al porcentaje legal

Documento del 29 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego fija un anticipo de 20% también para los adjudicatarios MIPYMES. La Ley 47-25 establece para estas empresas un anticipo de 30%; sobre el presupuesto estimado de RD$17,500,000, la diferencia equivaldría a RD$1,750,000 si el contrato alcanzara ese monto.

“En el caso de adjudicatarios certificados como MIPYMES, recibirán igualmente un anticipo del veinte por ciento (20%).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Exige garantía de seriedad también a las MIPYMES

Documento del 29 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego exige la garantía de seriedad a los oferentes en general, sin exceptuar a las MIPYMES. La Ley 47-25 dispone que no se requiere esa garantía para ellas, por lo que la condición les impone un requisito financiero que la ley excluye.

“Con la finalidad de garantizar que los oferentes y eventuales adjudicatarios no retiren sin causa justificada las ofertas presentadas en el procedimiento de selección, y para proteger al Hospital Universitario Docente Traumatológico Dr. Ney”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo de firma contractual previsto supera el máximo legal

Documento del 29 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego prevé hasta 20 días hábiles para suscribir el contrato desde la notificación de la adjudicación. La Ley 47-25 fija un máximo de 10 días hábiles, por lo que el plazo anunciado puede extender el período previo a la formalización contractual.

“El contrato entre el Hospital Universitario Docente Traumatológico Dr. Ney Arias Lora y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha establecida en el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, la cual no deber”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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A revisarHallazgo en documentos

La vigencia de las ofertas vence antes de la adjudicación

Documento del 29 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego limita la vigencia de las ofertas al 7 de julio de 2026, fecha de cierre registrada en el portal. El portal estimaba adjudicar el 9 de julio y el acta de adjudicación consignada en los antecedentes está fechada el 14 de julio; habría que verificar si se solicitó y obtuvo una prórroga antes del vencimiento.

“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el 07 de julio del año 2026.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 109 · Ley 47-25, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 109 — Efectos y validez de la presentación de propuestas

Artículo 109.- Efectos y validez de la presentación de propuestas. La presentación de propuestas significará, de parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación de los pliegos de condiciones, sus adendas o enmiendas, normas y cláusulas que rijan la modalidad de contratación correspondiente. Párrafo.- La propuesta tendrá validez durante el período que se señale en los pliegos de condiciones.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas

Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego asigna dos códigos distintos al rubro exigido

Documento del 29 jun 2026 · hace 3 meses

La documentación de oferta exige el código 72102801, mientras que otra sección señala 72100000. La diferencia puede generar incertidumbre sobre qué actividad del RPE se verificará para habilitar a los oferentes.

“- Servicios de mantenimiento y reparaciones de construcciones e instalaciones … Dicha contratación ha sido clasificada bajo el rubro - Servicios de mantenimiento y reparaciones de construcciones e instalaciones”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Porcentaje de referencias de crédito contradictorio para grandes empresas

Documento del 29 jun 2026 · hace 3 meses

El apartado financiero indica referencias de crédito de al menos 30% del presupuesto para grandes empresas; la tabla de evaluación reduce ese mínimo a 20%. La discrepancia deja incierto el umbral que se aplicaría a esos oferentes y puede producir evaluaciones distintas.

“las cuales no podrán ser por valores inferiores al treinta por ciento (30%) del presupuesto de referencia del proceso o lote en el que participe para grandes empresas … Para las grandes empresas, el veinte por ciento (20%) del presupuesto d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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