El pliego convoca, mediante selección competitiva por emergencia, servicios de revisión de ingeniería, validación, ensayos y supervisión de obras complementarias del Proyecto Hidroeléctrico Las Placetas, con un monto estimado de RD$112,904,654.33 y un plazo de ejecución de ocho meses desde la firma. Fija la convocatoria para el 29 de junio de 2026 y la recepción y apertura de ofertas para el 6 de julio de 2026; contiene requisitos financieros y técnicos, así como criterios de evaluación técnica y económica ponderados en 70 % y 30 %, respectivamente.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige para personas jurídicas y consorcios una línea de crédito o capital de trabajo de al menos 15 % del monto apropiado (aproximadamente RD$16.94 millones), además de índices financieros mínimos y estados auditados de dos ejercicios. Por su incidencia en la habilitación, conviene verificar que la combinación de exigencias sea proporcional a la naturaleza y valor del servicio.
““Línea de Crédito Bancaria y/o Capital de Trabajo mayor o igual al 15% (Quince por ciento) del monto apropiado del proyecto” … “Índice de solvencia = activo total / pasivo total Límite establecido: Mayor 2.00””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Entre la convocatoria del 29 de junio y el cierre del 6 de julio median cinco días hábiles. Aunque el procedimiento de emergencia permite plazos brevísimos, la propuesta comprende especialistas, experiencia en presas, metodología, cronograma y documentación financiera extensa; procede revisar si el plazo permitió preparar ofertas competitivas para ese alcance.
““1. Publicación llamada a participar en la licitación 29 de junio del año 2026” … “4. Recepción de Propuestas: “Sobre A” y “Sobre B” y apertura de “Sobre A” Propuestas Técnicas. 06 de julio del año 2026. hasta las 10:00 a.m.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 100 · Reglamento 52-26, art. 156 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 100 — Plazos para presentación de propuestas
Artículo 100.- Plazos para presentación de propuestas. El plazo que debe mediar entre la convocatoria y la fecha límite para la presentación de propuestas deberá ser determinado atendiendo al objeto a contratar, sus características o su cuantía; en todos los casos, para determinar dicho plazo las instituciones deberán tomar en cuenta la complejidad que amerite la presentación de las propuestas.
Reglamento 52-26, artículo 156 — Procedimiento de selección competitiva en casos de emergencia
Artículo 156.- Procedimiento de selección competitiva en casos de emergencia. En los casos de emergencia deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el decreto del Presidente de la República que declara la emergencia por alguna de las causas expresamente previstas en la Ley núm. 47-25, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 2. En caso de que existan oferentes precalificados para situaciones de emergencia que puedan satisfacer las prestaciones contractuales requeridas, estos deben ser invitados directamente, y la adjudicación debe…
El pliego primero exige cinco años de experiencia de la empresa y luego establece un mínimo de diez años para supervisión, gerencia y diseño de proyectos. La diferencia deja incierto el umbral de habilitación y puede afectar la preparación y evaluación uniforme de las ofertas.
““El Oferente/Proponente deberá acreditar una experiencia mínima de cinco (5) años la supervisión, gerencia y diseño de proyectos de presas y/o c similar” … “El Oferente/Proponente deberá acreditar una experiencia mínima de diez (10) años la”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Para adjudicatarios MIPYME, el pliego prevé el primer pago del 30 % dentro de los treinta días posteriores a la firma y certificación del contrato, en vez de vincularlo a la suscripción como dispone la ley. La diferencia puede afectar el acceso oportuno al flujo de caja previsto para estas empresas.
““Un primer pago correspondiente al treinta por ciento (30%) del monto total contratado será realizado dentro de los treinta (30) días contados a partir de la firma y posterior certificación del contrato.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El objeto descrito consiste en revisión de ingeniería, validación, ensayos y supervisión de obras, pero el pliego lo clasifica como servicios de personal temporal y señala como actividad comercial preferente servicios de recursos humanos. Aunque la actividad se indica como preferente y no como exclusión, conviene verificar la coherencia de esa clasificación con la naturaleza del servicio y los requisitos de elegibilidad.
““La referida contratación ha sido clasificada bajo el rubro (clase) -Servicios de personal temporal, por lo que los oferentes deberán contar, preferiblemente, con la actividad comercial -Servicios de recurso humanos.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
El pliego exige que la garantía de seriedad se mantenga vigente hasta veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, pero también fija expresamente su vigencia hasta el 30 de julio, que coincide con la fecha prevista de suscripción. La contradicción deja incierto el período exigible, aunque la fecha final indicada cubre la suscripción prevista.
““deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato” … “Con una vigencia desde el seis (6) de julio del año dos mi”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona