Publicado el 25 jun de 2026Fechado el 22 jun de 202624 páginasEn el mensaje «Notificación de habilitación e Inhabilitación para la apertura de su oferta económica “Sobre B”»
El informe definitivo, fechado el 23 de junio de 2026, recomienda habilitar a Distribuidora Hued, S.R.L. y Lufisa Comercial, S.R.L. para la apertura de las ofertas económicas, y no habilitar a Minervino, Suplimade Comercial, Neoagro, Grupo Garcel y Moncali. Entre los motivos consignados figuran la falta del permiso sanitario o de la oferta para el ítem 4, referencias de rendimiento que no acreditaban los rubros requeridos y documentación legal o financiera no subsanada.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En la evaluación de Grupo Garcel y Moncali, el informe registra como NO CUMPLE la falta de una línea de crédito que identifica como opcional. Ambos oferentes también incumplieron el requisito separado de presentar estados financieros auditados, por lo que el documento no muestra que esta valoración adicional haya cambiado quién quedó habilitado; conviene revisar la aplicación uniforme de los criterios del pliego.
“Línea de Crédito con saldo disponible (opcional): Esta línea de crédito se refiere a la disponibilidad de crédito bancario, con plazo y monto, el cual, de ser presentado, se utilizará en la evaluación de los índices financieros… El oferente”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Minervino, S.R.L.No cumplió la documentación legal: el permiso sanitario presentado correspondía al intermediario, no al oferente; además, no ofertó el ítem 4, habichuelas blancas.
No habilitado
Ítems 1 al 10
RD$4,730,955
Distribuidora Hued, S.R.L.El informe concluye que cumple con la documentación legal, financiera y técnica para la apertura del Sobre B.
Habilitado
Ítems 1 al 10
RD$5,054,522
Suplimade Comercial, S.R.L.No acreditó con las cartas y contratos presentados las referencias de rendimiento requeridas para los rubros del proceso.
No habilitado
Ítems 1 al 10
RD$5,458,557
Lufisa Comercial, S.R.L.El informe concluye que cumple con la documentación legal, financiera y técnica para la apertura del Sobre B.
Habilitado
Ítems 1 al 10
RD$4,759,176
Neoagro, S.R.L.No acreditó suficientemente las referencias requeridas: una carta no correspondía a la referencia del contrato mencionado y otra no correspondía a los rubros del proceso.
No habilitado
Ítems 1 al 10
RD$5,683,463
Grupo Garcel, S.R.L.No subsanó el permiso sanitario ni los estados financieros auditados y otros documentos legales y técnicos requeridos.
No habilitado
Ítems 1 al 10
RD$5,896,454
Moncali, S.R.L.No subsanó la documentación legal y financiera requerida, incluidos los estados financieros auditados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
2. Plantilla de Precios con ITBIS Alimentación FEM.xlsx