La Enmienda núm. I, emitida el 23 de junio de 2026, modifica el pliego de la subasta inversa SIPEN-CCC-SI-2026-0002 para la adquisición de equipos audiovisuales dirigida a MIPYMES. Actualiza las especificaciones de los ocho ítems y la documentación técnica exigida; según el cronograma del portal, el cierre de ofertas era el 25 de junio de 2026, dos días después de la enmienda.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina el umbral verificable de cinco años y tres referencias; la experiencia queda acreditada mediante documentos equivalentes y puede subsanarse..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda, fechada el 23 de junio, modifica las especificaciones de ocho ítems y la documentación técnica; el portal registra el cierre para el 25 de junio. El plazo restante fue de dos días, por lo que conviene verificar si se extendió proporcionalmente para permitir que los interesados ajustaran sus ofertas ante los cambios.
“El Comité de Contrataciones Públicas de la Superintendencia de Pensiones tiene a bien informar a todos los interesados en participar en el procedimiento de Subasta Inversa Electrónica Ref. núm. SIPEN-CCC-SI-2026-0002, para la adquisición de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Las especificaciones del altavoz identifican la serie AD y las pruebas con estándares internos de QSC, sin que en el texto citado se indique «o equivalente». La referencia puede limitar las alternativas de producto si no existe una justificación técnica que la haga necesaria; corresponde verificar su relación con la necesidad y el efecto sobre la competencia.
“Los altavoces de la serie AD están calificadas para su uso exterior usando las siguentes pruebas: Niebla Salina: MIL-STD-810G Método 509.5 por 100 hrs.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
3. Descripción del bien; ítems 1-8Especificaciones técnicas de los equipos audiovisuales
El documento identifica que se modifican los numerales, pero no reproduce las especificaciones anteriores.
Se incluyen especificaciones revisadas para los ocho ítems del lote único, con parámetros técnicos detallados para pantallas, reproducción y control de señal, altavoces, amplificador y micrófonos.
Aclara
9.1.2 Documentación técnica; 10.1.3 EvaluaciónAcreditación de experiencia del oferente
Según las reglas del proceso registradas previamente, se exigían cinco años de experiencia y tres referencias.
Se requiere evidencia de experiencia en suministro, instalación o puesta en funcionamiento de equipos audiovisuales o bienes similares, sin fijar aquí años mínimos ni número de referencias; el requisito es subsanable.
RelajaQuita un control: Se elimina el umbral verificable de cinco años y tres referencias; la experiencia queda acreditada mediante documentos equivalentes y puede subsanarse.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona