El Comité de Compras y Contrataciones de la Superintendencia de Pensiones aprobó el informe económico y adjudicó el proceso de subasta inversa SIPEN-CCC-SI-2026-0002 el 15 de julio de 2026. Adjudicó a Softdev Soluciones Tecnológicas, S.R.L., por RD$8,389,039.29, para los ítems 1 a 8; el acta consigna que fue el único oferente habilitado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que hubo un único oferente habilitado y adjudica conforme a la cláusula del pliego que permite adjudicar directamente al único proveedor con oferta inicial. El artículo 139, párrafo III, del Reglamento permite esa adjudicación directa cuando solo exista un oferente conectado con una oferta inicial; el acta no precisa si se cumplió esa condición ni si se realizó la puja prevista, por lo que conviene verificar el registro de la sesión en el sistema.
“en el cual se hace constar el contenido de la oferta económica presentada por el oferente habilitado: I) Softdev Soluciones Tecnológicas, S.R.L.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 139 · Ley 47-25, art. 63 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 139 — Condiciones de la puja electrónica y adjudicación
Artículo 139.- Condiciones de la puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes cuya propuesta técnica y económica inicial hayan sido habilitadas por cumplir con lo establecido en el pliego de condiciones. Párrafo I. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, conforme al día y la hora prevista en el cronograma de actividades. Párrafo II. Debe adjudicarse al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo III. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución puede…
Artículo 63.- Subasta inversa. La subasta inversa es el procedimiento de selección que podrá utilizarse para contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en la presente ley, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del Sistema Electrónico de las Contrataciones Públicas o a través de subasta presencial ante la institución contratante. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento y mecanismo aplicable para la realización de la subasta inversa, garantizando que sea de manera pública, transparente y en igualdad…
El acta adjudica equipos audiovisuales a Softdev. En los datos registrales consultados después del proceso, el RPE muestra rubros de servicios y la DGII describe actividad de diseño y desarrollo de software; esto no demuestra cuál era su registro al ofertar ni acredita por sí solo falta de capacidad, pero justifica verificar el historial del RPE y la calificación correspondiente a la fecha del procedimiento.
“Adjudicar, el procedimiento de Subasta Inversa núm. SIPEN-CCC-SI-2026-0002, conforme los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de condiciones, como se detalla a continuación:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona