El documento, fechado el 2026-07-02, solicita al Comité acoger una enmienda al informe definitivo de evaluación económica para reclasificar el ITBIS de cinco adjudicatarios y mantener cada contratación dentro de los precios ofertados. Las cifras de varios lotes no concuerdan entre los montos ofertados, conformados y los totales que el propio texto declara, por lo que la propuesta requiere aclaración antes de determinar los importes aplicables.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para el Lote VII, la tabla registra RD$68,339,302.99 como monto ofertado y RD$74,971,421.93 como monto conformado; además, el texto declara RD$78,464,347.18 y afirma que no se excede la oferta. La diferencia entre la oferta consignada y el monto conformado requiere aclarar cuál cifra se recomienda contratar; el documento no indica que el Comité haya aprobado la enmienda.
“Conformándose el monto de cada lote al precio ofertado, el monto total de la contratación se establece en RD$78,464,347. 18 con lo cual ningún lote excede el precio ofertado por el adjudicatario.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Para Gastrogastos, la tabla totaliza RD$155,205,238.23 como monto conformado, pero el texto declara RD$165,803,496.69; para Brisas del Mar Trucking, la tabla totaliza RD$102,694,345.93 y el texto declara RD$104,558,209.80. Son diferencias materiales en los importes propuestos, aunque las tablas y el texto sostienen que los montos deben ajustarse a las ofertas.
“el monto total de la contratación se establece en RD$165,803,496.69, con lo cual ningún lote excede el precio ofertado por el adjudicatario … el monto total de la contratación se establece en RD$104,558,209.80 con lo cual ningún lote”
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Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El documento fecha la enmienda el 2026-07-02; según los antecedentes aportados, el acta de adjudicación es del 2026-04-21 y los contratos figuran confirmados y enviados el 2026-04-13. Corresponde verificar cuándo fue aprobada la enmienda y cómo se incorporaron sus importes a los contratos; podría tratarse de una rectificación fiscal dentro de los precios ofertados.
“ENMIENDA AL INFORME DEFINITIVO DE EVALUACION ECONÓMICA Y RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO … En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (02) días del mes de julio del año dos”
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Distribuidora Gonmedi, SRLAdjudicataria del Lote V; el documento propone conformar el monto a RD$77,436,308.88 tras reclasificar el ITBIS.
Adjudicado
Lote V
RD$77,436,309
Pamela Mercedes Del Orbe de MeloAdjudicataria del Lote I; el documento propone conformar el monto a RD$105,044,885.28 tras reclasificar el ITBIS.
Adjudicado
Lote I
RD$105,044,885
Gastrogastos, SRLAdjudicataria de los Lotes III y IV; la tabla presenta un total conformado de RD$155,205,238.23, pero el texto también declara RD$165,803,496.69.
Adjudicado
Lotes III y IV
RD$155,205,238
Brisas del Mar Trucking, SRLAdjudicataria de los Lotes II, VI y VIII; la tabla presenta un total conformado de RD$102,694,345.93, pero el texto declara RD$104,558,209.80.
Adjudicado
Lotes II, VI y VIII
RD$102,694,346
Panificadora Barahona, SRLAdjudicataria del Lote VII; la tabla registra RD$68,339,302.99 como monto ofertado y RD$74,971,421.93 como conformado, mientras el texto declara RD$78,464,347.18.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 181 — Procedimiento para la modificación del contrato
Artículo 181. Procedimiento para la modificación del contrato. La modificación del contrato se realizará agotando la forma y plazo establecidos en el pliego de condiciones. Cuando estas sean ambiguas o no se haya establecido un procedimiento, será el siguiente: 1. La institución contratante realizará un informe pericial en el cual se indique de manera detallada la causa que da lugar a la modificación. 2. La institución contratante notificará por escrito al contratista la intención de modificar el contrato u orden de compra o servicio, exponiendo de manera detallada y debidamente motivada la causa que la justifica, así como el informe pericial que avale la intención. 3. El proveedor tendrá…