La circular de primera enmienda del proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0033, formalizada el 18 de diciembre de 2025, modifica requisitos de la oferta técnica, financiera y económica. Detalla documentos y verificaciones de los oferentes y establece que el formulario económico desglose precios por artículo e identifique las tasas de ITBIS aplicables.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda admite subcontratar el almacenaje y pide información del prestador, pero también requiere que el permiso sanitario de la infraestructura esté a nombre de la empresa oferente. La compatibilidad de ambas condiciones no queda clara y puede limitar el uso efectivo de almacenes de terceros.
“En caso de subcontratación para almacenamiento, se debe presentar una carta oficial del prestador del servicio, indicando que el proveedor tiene espacio disponible en su infraestructura … Se debe proporcionar una copia de la Licencia o”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
La enmienda permite presentar vehículos propios o alquilados, pero para los alquilados exige acreditar que la empresa arrendataria figura como titular en la DGII. Esa condición parece difícil de conciliar con el alquiler y puede excluir vehículos legítimamente arrendados; conviene verificar cómo se aplicó al evaluar las ofertas.
“Se aceptará la presentación de equipos y medios de transporte que sean: Propios Alquilados Mixtos (parte propios, parte alquilados)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Sección I, numeral 12.1.a — Documentación legalCredenciales legales del Sobre A
La redacción anterior no se reproduce en la circular.
Especifica formularios, inscripción y rubros del RPE, certificación MIPYME, documentos societarios, declaración sobre prohibiciones del art. 14 y cartas de aceptación; señala varios documentos como subsanables.
Aclara
Sección I, numeral 12.1.b — Documentación financieraSolvencia y referencias de crédito
La redacción anterior no se reproduce en la circular.
Detalla estados financieros auditados y declaraciones fiscales de dos períodos, al menos tres certificaciones de crédito comercial y una carta bancaria con líneas de crédito o fondos disponibles; los documentos se indican como subsanables.
Aclara
Sección I, numeral 12.1.1 — Documentación técnicaCatálogo, experiencia, equipos e infraestructura
La redacción anterior no se reproduce en la circular.
Detalla fichas por artículo, origen y procedencia, registros sanitarios, inventario y documentación de vehículos, información del almacén, permiso sanitario y POS; fija experiencia mínima de dos contratos de suministro y distribución de alimentos crudos.
Aclara
Sección I, numeral 12 — Oferta económica, Sobre BPrecio por artículo y desglose tributario
La redacción anterior no se reproduce en la circular.
Exige presentar el formulario económico por cada ítem y desglosar precio unitario y monto, con ITBIS de 18 %, 16 % o exento según la lista adjunta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona