Adquisición, Instalación y Puesta en Marcha de un Laboratorio de Semiconductores para el Instituto Técnico Superior Comunitario (ITSC) · Instituto Técnico Superior Comunitario
La Circular No. 2, fechada el 16 de junio de 2026, responde que la experiencia del fabricante no acredita por sí sola la experiencia del oferente local. Para sumar esas credenciales, el fabricante y el oferente deben constituir un consorcio antes de presentar la oferta; se mantiene el requisito de acreditar al menos tres laboratorios similares, dos en América Latina y un mínimo de dos cartas de satisfacción.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Numeral 11.1, literales b) y d) del pliego; renglones 15-A y 18-DAcreditación de experiencia del fabricante y formación de consorcio | El pliego exigía experiencia del oferente; la consulta pidió aceptar referencias del fabricante respaldado por el oferente local. | La experiencia debe corresponder al oferente o, si participa en consorcio con el fabricante, acreditarse mediante la sumatoria de credenciales. El consorcio y la experiencia invocada deben existir al presentar la oferta. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona