El documento reúne validaciones de elegibilidad para LAMEX, Calmaquip Dominicana, Tecnomed Caribbean e Ingeniería, Tecnología y Servicios Orozco. Registra que el poder de LAMEX carecía de firmas y que el 1 de junio de 2026 se solicitó a Calmaquip el formulario FO.DGCP.PCR.020 y la declaración jurada de oferta libre de colusión. Según los resultados anteriores del proceso, INGETECSO fue adjudicada por RD$4,224,990 y las otras tres empresas fueron descalificadas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La validación registra que el 1 de junio se solicitó a Calmaquip una declaración de oferta libre de colusión, después del cierre de ofertas del 27 de mayo. La ley prevé esa declaración en el Sobre B; el documento no indica si fue recibida ni aceptada, por lo que conviene verificar su tratamiento y la igualdad aplicada a los oferentes.
“Solicitar que nos envien el formulario 0.20 Declararion Jurada del oferente libul de colusion (punto 4 de la enmienda) Solicitud | Remitida | el | 01 Junio 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 108 · Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 108 — Oferta económica
Artículo 108.- Oferta económica. El sobre de la oferta económica se denominará “Sobre B” y deberá contener: 1) El precio propuesto o el costo, tomando en cuenta el ciclo de vida del bien, servicio u obra ofertada, cuando corresponda; 2) La garantía de la seriedad de la oferta, cuando aplique al procedimiento; y 3) Una declaración jurada o certificación de “oferta libre de colusión”, en la que el oferente certifique que la oferta presentada es auténtica, se ha realizado de buena fe y con la intención de aceptar la adjudicación del contrato con la entidad contratante, declarando que dicha oferta se encuentra exenta de cualquier tipo de conducta o práctica colusoria.
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
La validación observa que el poder presentado por LAMEX carece de las firmas del poderdante, testigo y notario. Es un aspecto a revisar para comprobar la acreditación de la representación; el documento no establece aquí qué consecuencia tuvo y la evaluación anterior descalificó a LAMEX por puntuación técnica insuficiente.
“El poder no tiene la firma del Poderdante, testigo y notario”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Latín American Medical Export (LAMEX), SRLSegún la evaluación técnica anterior, obtuvo 51/70, por debajo del mínimo de 56/70. Este documento también observa que el poder no tiene las firmas del poderdante, testigo y notario.
Descalificado
Ítem 1
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Calmaquip Dominicana, S.A.S.Según la evaluación técnica anterior, obtuvo 55/70, por debajo del mínimo de 56/70; no presentó facturas ni órdenes de compra para evidenciar el tiempo de experiencia. Este documento registra una solicitud de envío del formulario FO.DGCP.PCR.020 y de la declaración jurada de oferta libre de colusión.
Descalificado
Ítem 1
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Tecnomed Caribbean, SRLSegún la evaluación técnica anterior, obtuvo 52/70, por debajo del mínimo de 56/70.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona