El informe preliminar de evaluación técnica, fechado el 9 de junio de 2026, recomienda habilitar a INGETECSO para la apertura del Sobre B, con 67/70 puntos. No recomienda habilitar a LAMEX (51/70), TECNOMED (52/70) ni CALMAQUIP (55/70).
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe transcribe como requisito del pliego una clasificación UNSPSC del segmento 42000000, pero la matriz de evaluación pide otra clasificación, del segmento 41000000 y clase 41101800. La discrepancia puede alterar qué actividad comercial se verifica para habilitar a los oferentes.
“5) Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC el Segmento … Equipo médico, accesorios y suministros, Familia”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
En el informe preliminar, los componentes de la evaluación técnica de LAMEX (22 de ficha técnica, 15 de cronograma, 11 de garantía y 0 de experiencia) suman 48 puntos, mientras el resultado consignado es 51/70. Como ambos valores quedan por debajo del mínimo de 56/70, la diferencia no cambia la descalificación, pero conviene verificar la trazabilidad de la puntuación.
“Puntaje 22/25 | Se Otorgan 22 puntos de 25 ya que las evidencias presentadas indican que la empresa no presento las certificaciones de calidad. Cronograma de entrega | Puntaje 15/15 | Se Otorgan 15 puntos de 15, ya que el oferente presenta ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 124 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
En sus antecedentes, el informe llama al procedimiento una excepción por urgencia, mientras el portal lo registra como proceso ordinario. El documento no contiene una decisión que aplique esa excepción; conviene confirmar que la referencia no haya afectado la evaluación ni el expediente del procedimiento.
“Se recibieron las propuestas técnicas y económicas, y luego se abrieron las ofertas técnicas del procedimiento de excepción por urgencia de la ADQUISICIÓN EQUIPO DE RAYOS X DIGITAL ALTA FRECUENCIA DE REFERENCIA: HPDHG-CCC-CP-2026-0002, corr”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona