Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza en todas sus partes el recurso jerárquico del señor Julio Alberto Féliz Matos y se confirma íntegramente la Resolución Núm. 038-2025. La DGCP concluye que: (i) la oferta del recurrente incumplió requisitos técnicos no subsanables; (ii) los alegatos sobre trato desigual no fueron planteados en primera instancia y resultan improcedentes por el principio de preclusión; (iii) las especificaciones técnicas…
Proceso: UTEPDA-CCC-LPN-2025-0002 (ADQUISICION DE PLANTAS Y SEMILLAS PARA LOS PDA)
Empresas: Julio Alberto Féliz MatosTecnomed Caribbean, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico interpuesto por el señor Julio Alberto Féliz Matos contra de la Resolución Núm. 038-2025 de fecha 16 de junio de 2025, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal (UTEPDA), en respuesta al recurso de impugnación en el marco del Procedimiento de Licitación Pública Nacional UTEPDA-CCC-LPN-2025-0002, llevado a cabo para la “Adquisición de plantas y semillas para los PDA”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por el señor Julio Alberto Féliz Matos, esta Dirección General decide lo siguiente: i. RECHAZAR el pedimento de que sea anulado el procedimiento de Licitación Pública Nacional UTEPDA-CCC-LPN-2025-0002, por carecer de fundamento, toda vez que los argumentos y pruebas aportados no acreditan la existencia de vicios de nulidad. ii. RECHAZAR el pedimento tendente a ordenar la reevaluación de las ofertas presentadas en el procedimiento de Licitación Pública Nacional UTEPDA-CCC-LPN-2025-0002, en razón de que dicho alegato no fue planteado en el recurso de impugnación ni conocido por la institución contratante en la etapa inicial, resultando improcedente que sea conocido por el Órgano Rector. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) al recurrente, el señor Julio Alberto Féliz Matos; ii) a los adjudicatarios; iii) a la Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal (UTEPDA), para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La Dirección General de Contrataciones Públicas ACOGE en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por Tecnomed Caribbean, S.R.L., tras verificar que fue interpuesto cumpliendo con las formalidades legales y dentro del plazo previsto por la Ley Núm. 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas y sus modificaciones. En el examen de fondo, la autoridad administrativa DECLARA de oficio la nulidad del…
Proceso: Hosp Marcelino Velez-CCC-LPN-2024-0004 (ADQUISICION TORRE DE ENDOSCOPIA)
Empresas: Tecnomed Caribbean, SRL (presentó la acción)Insocorp, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Tecnomed Caribbean, S.R.L., en contra de la Resolución Núm. 002-2025 de fecha 24 de febrero de 2025, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Hospital General Regional Marcelino Vélez Santana, en respuesta al recurso de impugnación en el marco del Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. Hosp Marcelino Velez-CCC-LPN-2024-0004, llevado a cabo para la “Adquisición torre de endoscopia”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Tecnomed Caribbean, S.R.L., SE DECLARA de oficio la nulidad el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. Hosp Marcelino Vélez-CCC-LPN-2024-0004, para la “Adquisición torre de endoscopia” y en consecuencia, los pedimentos sobre anular la decisión de revocación de adjudicación, ordenar al comité de compras y contrataciones a ajustarse al debido proceso, así como recomendar a la máxima autoridad del Hospital a promover e instruir a sus miembros, se encuentran subsumidos al anularse todo el procedimiento de contratación, y, además, porque al no publicarse el pliego de condiciones, este Órgano Rector, a fin de ponderar su alegato, se vio imposibilitado de verificar las bases del procedimiento de forma imparcial para su revisión. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente, razón social Tecnomed Caribbean, S.R.L., S.R.L.; ii) a la adjudicataria ulterior, razón social INSOCORP, S.R.L.; iii) al Hospital General Regional Marcelino Vélez Santana; iv) al Servicio Nacional de Salud (SNS), para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Cámara de Cuentas de la República y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.