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Enmienda

PLIEGO DE CONDICIONES SUBASTA INVERSA-0001-SEGUNDA VERSIÓN.pdf

ADQUISICION DE VEHICULOS PARA LA OPERATIVIDAD DEL INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR MAGISTERIAL · Instituto Nacional de Bienestar Magisterial

Publicado el 8 jun de 202639 páginasEn el mensaje «Circular No. 01 Preguntas y Respuestas y Enmienda No. 1 al pliego de condiciones.»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INABIMA-CCC-SI-2026-0001

Lo que dice

El documento es la segunda versión del pliego de la subasta inversa electrónica INABIMA-CCC-SI-2026-0001, convocada el 1 de junio de 2026, para adquirir una camioneta negra y dos blancas, con valores referenciales de RD$6,000,000 y RD$7,000,000, respectivamente, y presupuesto total estimado de RD$13,000,000. Establece cierre de ofertas el 10 de junio y puja electrónica de 15 minutos el 19 de junio de 2026, además de requisitos legales, financieros y técnicos para habilitar a los oferentes.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$13 millones

Requisitos de experiencia y servicio podrían restringir la participación

Documento del 8 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego exige tres años comercializando en el país la marca y modelo ofertados, dos certificaciones de suministro similar y al menos cinco centros de servicio autorizados. Frente a tres ofertas registradas por el portal y 4,686 proveedores notificados, conviene verificar que estas condiciones sean proporcionales al suministro de tres vehículos y estén sustentadas en la necesidad técnica.

“Certificación que acredite que el Oferente tiene, como mínimo, 3 años comercializando en el mercado dominicano la marca y modelo de los Vehículos que oferta. Certificación de que oferente cuenta con mínimo 5 centros de servicios autorizado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Regla de no subsanabilidad formulada de manera general

Documento del 8 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego clasifica toda la documentación técnica como no subsanable e incluye certificaciones y cartas de compromiso. La regla merece revisión porque la Ley contempla la subsanación de documentos de calificación si el requisito se cumplía al presentar la oferta y de otros documentos de soporte cuando no se modifica la propuesta.

“10.1.2 Documentación técnica: [No subsanable]”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

ContextoHallazgo en documentos

Umbral de solvencia expresado de forma contradictoria

Documento del 8 jun 2026 · hace 4 meses

La sección financiera fija para solvencia un límite de 1.20, pero en la tabla vuelve a consignar un límite de 1.00 y mantiene el cumplimiento en 1.20. Aunque el umbral operativo de cumplimiento parece ser 1.20, la contradicción puede generar dudas al aplicar la evaluación.

“Límite establecido: Mayor 1.20 Mayor o igual que ≥ 1.20 (Cumple) … Límite establecido: Mayor 1.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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Oferentes que registra (3)

1 adjudicado · 1 no habilitado · 1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Viamar, S.A.Según el acto de adjudicación resumido en los documentos del proceso, fue el único oferente habilitado técnicamente y resultó adjudicado.AdjudicadoÍtems 001 y 002RD$12,999,699
Santo Domingo Motors Company, S.A.El informe definitivo de evaluación técnica la declaró no habilitada por presentar una oferta parcial en un proceso de adjudicación total.No habilitadoÍtem 2RD$6,996,000
Autocamiones, S.A.El portal registra una oferta cargada y pendiente; no se proporciona aquí un resultado de evaluación para este oferente.Mencionado—RD$6,999,800

Otros documentos del proceso (34)

  • Acto Administrativo de Aprobación del Pliego.pdfPliego · 29 may de 2026 · 1 señal
  • Carta Compromiso CEI Proveedores (Persona Jurídica).pdfDocumento · 1 jun de 2026
  • Codigo de Etica INABIMA-CEI-01 Mar-2018.pdfDocumento · 1 jun de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores actualizado.docxDocumento · 1 jun de 2026
  • Declaracion Jurada.docxDocumento · 1 jun de 2026
  • Modelo de contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 1 jun de 2026
  • SNCC_F033_Oferta Economica.docxDocumento · 1 jun de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 1 jun de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 1 jun de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes (1).docxDebida diligencia · 1 jun de 2026
  • APROBACION PODER EJECUTIVO.pdfPliego · 1 jun de 2026 · 1 señal

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Requerimento DA-I-INABIMA-2026-381.pdfInforme pericial · 1 jun de 2026 · 1 señal
  • Requerimento DA-I-INABIMA-2026-383.pdfDocumento · 1 jun de 2026
  • Requerimento DA-I-INABIMA-2026-1546.pdfPliego · 1 jun de 2026 · 1 señal
  • INFORME DE ESTUDIOS PREVIOS.pdfEstudio previo · 1 jun de 2026 · 2 señales
  • PLIEGO DE CONDICIONES INABIMA-CAMIONETA.pdfPliego · 1 jun de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de Contratación.pdfSolicitud de compra · 1 jun de 2026
  • Codigo de Etica INABIMA-.pdfDocumento · 1 jun de 2026
  • Convocatoria.pdfDocumento · 2 jun de 2026
  • CARTA CONSULTA INABIMA.pdfDocumento · 2 jun de 2026
  • Solicitud de modificación - INABIMA-CCC-SI-2026-0001.pdfDocumento · 5 jun de 2026
  • PLIEGO DE CONDICIONES SUBASTA INVERSA-0001-SEGUNDA VERSIÓN.pdfPliego · 8 jun de 2026 · 2 señales
  • CIRCULAR No. 1.pdfCircular · 8 jun de 2026
  • INABIMA-CCC-SI-2026-0001- ENMIENDA 1.pdfEnmienda · 8 jun de 2026 · 1 señal
  • CIRCULAR No. 1.pdfEnmienda · 8 jun de 2026
  • INABIMA-CCC-SI-2026-0001- ENMIENDA 1.pdfEnmienda · 8 jun de 2026 · 1 señal
  • CARTA CONSULTA INABIMA.pdfDocumento · 8 jun de 2026
  • ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 8 jul de 2026 · 2 señales
  • ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • Contrato-017.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Compras_8/7/2026_7_45 p.m..PdfDocumento · —
  • Orden INABIMA-2026-00063-Viamar.pdfDocumento · —