La resolución aprobada el 24 de abril de 2026 reabrió plazos del proceso para notificar errores aritméticos y solicitar la ampliación de garantías de seriedad, fijando el 1 de mayo como fecha límite para subsanar y el 8 de mayo para adjudicar. En una carta fechada el 13 de mayo, Ingmelec Dominicana pidió reconsiderar su descalificación; alega que su garantía original cubría el cronograma aplicable y que remitió una extensión, pero el correo incorporado registra el envío de un documento el 8 de mayo. El expediente adjunto también contiene condiciones de la fianza que declaran que no es incondicional, irrevocable ni renovable.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La póliza incorporada al expediente expresa que no es incondicional, irrevocable ni renovable. La Ley y el reglamento describen esas condiciones para las garantías; corresponde verificar si la fianza presentada para esta oferta las cumplía y si hubo una garantía posterior que las corrigiera.
“Conforme previsto en la Ley sobre Seguros y Fianzas de la República Dominicana y en el Código Civil Dominicano, la presente fianza no es pagadera a primer requerimiento y no posee las condiciones de ser incondicional, irrevocable, ni renova”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 30 · Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 30
ART. 30. Para garantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones los oferentes, adjudicatarios y contratistas deberán constituir garantías en las formas y por los montos establecidos en la reglamentación de la presente PÁRRAFO I. El adjudicatario de una licitación deberá contratar seguros que cubran los riesgos a que estén sujetas las obras. Tales seguros permanecerán en vigor hasta que la autoridad correspondiente compruebe que el adjudicatario ha cumplido con las condiciones del contrato, extendiéndoles la constancia para su cancelación. PÁRRAFO II. Las garantías podrán consistir en pólizas de seguro o garantías bancarias, con las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y…
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
El cronograma reabierto fijó el 1 de mayo como fecha límite para subsanar la garantía, mientras que el correo incluido registra el envío del documento por Ingmelec el 8 de mayo. Esto contrasta con la solicitud fechada el 13 de mayo, que sostiene que la extensión fue atendida oportunamente; el documento no contiene una decisión sobre la reconsideración.
“Periodo para subsanar la garantía de seriedad de la oferta | 7/4/2026 | 1/5/2026 … Enviado el: viernes, 8 de mayo de 2026 5:36 p. m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Oferentes que registra (1)
1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Ingmelec Dominicana, SRLSegún los antecedentes del proceso, no subsanó dentro del plazo la ampliación de la garantía de seriedad exigida tras la modificación del cronograma. En este documento solicita reconsiderar esa descalificación y sostiene que remitió la extensión.
No habilitado
—
RD$302,045,269
Cambios que introduce (1)
Sección
Antes
Después
Efecto
Cronograma del procesoReapertura de plazos para errores aritméticos, garantía de seriedad y etapas posteriores
Notificación: 25/03/2026; aceptación de correcciones: 31/03/2026; subsanación de garantía: 7/04/2026; adjudicación y notificación: 24/04/2026; contratos: 1/05/2026; publicación: 20/05/2026.
Notificación: 27/04/2026; aceptación de correcciones: 29/04/2026; subsanación de garantía: 1/05/2026; adjudicación y notificación: 8/05/2026; contratos: 15/05/2026; publicación: 3/06/2026.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona