Firma programada fuera del plazo legal
· hace 4 meses
El cronograma fija la suscripción del contrato o emisión de órdenes para el 14 de julio de 2026, aunque la notificación de adjudicación está prevista para el 19 de junio. La Ley 47-25 establece un máximo de diez días hábiles para suscribir contratos y cinco días hábiles para formalizar órdenes desde la notificación; la fecha programada excede ambos plazos.
“16. Notificación de adjudicación (artículo 126 Ley núm. 47-25) 19 de junio del 2026 a las 1:00 pm … 18. Suscripción del (los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o de servicios 14 de julio del 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
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