Publicado el 22 abr de 2026Fechado el 21 abr de 202614 páginasEn el mensaje «Se anexa enmienda No. 03 que modifica los criterios de adjudicacion y evaluacion»
La Enmienda No. III, fechada el 22 de abril de 2026, modifica el pliego de la licitación MIREX-CCC-LPN-2026-0001: ajusta documentación, evaluación técnica y económica, inspecciones, adjudicación y recepción de los servicios. Mantiene dos lotes con montos de RD$40,000,000 para producción y RD$30,000,000 para montaje; para el Lote I aumenta la evaluación técnica de 80 a 90 puntos y el mínimo habilitante de 60 a 80. El portal fija el cierre de ofertas para el 29 de abril de 2026, siete días calendario después de la fecha de la enmienda.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La inspección convierte en condiciones de cumple/no cumple características constructivas y de almacenamiento del local. Conviene verificar su relación y proporcionalidad con el servicio de montaje y si se admiten alternativas equivalentes, pues el incumplimiento impide habilitar la oferta.
“El local debe estar cerrado y techado (no al aire libre). El local debe estar construido en block o en material de superior calidad.”
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se flexibiliza la verificación de inscripción activa en el RPE al momento de presentar la oferta..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda está fechada el 22 de abril y el portal registra el cierre de ofertas el 29 de abril de 2026. En ese intervalo se modificaron requisitos, puntajes, inspecciones y condiciones de adjudicación; corresponde verificar si el plazo para reformular ofertas y consultar sobre los cambios fue proporcional a su alcance, conforme a la regla para cambios realizados después del 75 % del plazo.
“ENMIENDA NO. III … Santo Domingo, República Dominicana … 22 de abril 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El pliego exige certificados de no antecedentes para el socio principal, el gerente, socios principales de sociedades socias y el representante legal. La amplitud de las personas alcanzadas merece revisión respecto de la relación de cada certificado con la calificación del oferente y de la proporcionalidad del requisito.
“Para todos los participantes: Certificación de No Antecedentes Penales (original y actualizada) del socio principal, del gerente, del socio principal de las sociedades que son socios del oferente y del representante legal elegido por la emp”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Documentación legal, numeral 10.1Acreditación de inscripción en el RPE
La redacción previa del numeral 10.1 no está reproducida en la enmienda.
Admite presentar constancia de inscripción en trámite y completar el RPE durante la subsanación; la falta de solicitud, constancia o registro tras esa etapa impide habilitar la oferta.
RelajaQuita un control: Se flexibiliza la verificación de inscripción activa en el RPE al momento de presentar la oferta.
Evaluación técnica, Lote IPuntaje técnico y umbral habilitante
La evaluación técnica sumaba 80 puntos y exigía un mínimo de 60 para pasar a la evaluación económica.
La evaluación técnica suma 90 puntos y exige un mínimo de 80 para pasar a la evaluación económica.
Endurece
Documentación de oferta técnica, ambos lotesSubsanabilidad de documentos técnicos
La redacción previa de cada requisito no está reproducida íntegramente en la enmienda.
La ficha técnica queda como no subsanable; varios soportes de experiencia, referencias, fotografías e inventario se clasifican como subsanables.
Relaja
Visita a instalaciones, Lote IICondiciones de inspección y verificación
La redacción previa del numeral 12 no está reproducida íntegramente en la enmienda.
Las visitas serán sin previo aviso y se verificará, entre otros aspectos, que el local sea cerrado y techado, construido en block o material superior, y que los artículos estén organizados y almacenados con elementos de soporte.
Endurece
Criterios de adjudicaciónAdjudicación por lote
La redacción previa del numeral 13 no está reproducida en la enmienda.
La adjudicación será por lote completo, con un adjudicatario por lote, usando la relación calidad-costo según el puntaje técnico y económico total.
Aclara
Recepción del servicioSolicitudes por demanda y plazo de requerimiento
La redacción previa del numeral 9 no está reproducida íntegramente en la enmienda.
Los servicios se solicitarán por demanda, sin cantidad específica, y cada solicitud se coordinará con al menos un día de antelación; la ejecución llega hasta agotar fondos o el plazo contractual.
Aclara
Plantillas económicasSustitución de plantillas de precios
Se utilizaban las plantillas y cotizaciones de eventos tipo publicadas anteriormente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona