La Circular No. 01, de fecha 20 de mayo de 2026, responde 48 consultas de los interesados sobre el proceso ETED-CCC-LPN-2026-0004. Confirma, entre otros aspectos, pérdidas de 30/350 kW para el autotransformador de 150 MVA y de 40/600 kW para el de 200 MVA bajo condición ONAF, acepta determinadas equivalencias técnicas y permite que algunos ensayos tipo de cortocircuito sean realizados por el laboratorio del fabricante. También mantiene el cronograma del proceso y rechaza solicitudes de modificación sobre experiencia, penalidades, responsabilidad contractual y plazo de presentación de ofertas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (27 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita la fijación previa y uniforme de parámetros técnicos comparables entre ofertas, al dejar sus valores exactos para la definición del fabricante.; Elimina la exigencia de que el ensayo sea emitido necesariamente por un laboratorio internacional independiente o externo al fabricante..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Ficha técnica de pérdidasPérdidas en vacío y en carga de los autotransformadores
La circular indica que existían valores cuestionados o inconsistentes en las fichas técnicas.
Se fijan pérdidas en vacío de 30 kW y en carga de 350 kW para 150 MVA; y pérdidas en vacío de 40 kW y en carga de 600 kW para 200 MVA, bajo refrigeración ONAF.
Aclara
Parámetros de diseño y fabricaciónImpedancia nominal, posiciones de tomas y pérdidas garantizadas
Los interesados solicitaron confirmación de valores exactos de impedancia, rango de tomas y pérdidas garantizadas.
La respuesta remite la determinación de esos valores al fabricante, mediante el diagrama OLTC, tablas de taps, cálculos y ensayos de rutina de fábrica.
RelajaQuita un control: Debilita la fijación previa y uniforme de parámetros técnicos comparables entre ofertas, al dejar sus valores exactos para la definición del fabricante.
Transformadores de corrienteEquivalencia de clases de protección y medición
La ficha consignaba simultáneamente las clases 5P20/C400 y una clase CL-2.
Se permite ofertar 5P20 o C400 conforme al estándar IEC o ANSI, y para CL-2 se admite nomenclatura equivalente normalizada IEC o IEEE.
Relaja
Sistema de ventilación del autotransformador de 200 MVAONAF3 como respaldo
La ficha requería ventilación ONAF3 como respaldo de ONAF1 y ONAF2, sin precisar su configuración.
Se acepta una configuración equivalente basada en redundancia o en un grupo adicional de ventiladores que garantice continuidad operativa.
Relaja
Ensayos de cortocircuitoLaboratorio y alcance de los ensayos tipo
Se solicitaban certificados o reportes de ensayo emitidos por un laboratorio internacional reconocido.
Se aceptan ensayos tipo IEC 60076-5 o equivalente, aplicables a unidades similares, y se confirma que pueden ser realizados por el laboratorio del fabricante.
RelajaQuita un control: Elimina la exigencia de que el ensayo sea emitido necesariamente por un laboratorio internacional independiente o externo al fabricante.
Aislamientos del terciario y neutroNivel BIL
No estaba confirmado el valor del BIL para los devanados terciario y neutro.
Se establece un BIL de 95 kV para el terciario y el neutro.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona