La Enmienda No. 01, fechada el 18 de mayo de 2026, modifica el cronograma del proceso MOPC-MAE-PEEN-2026-0002 y fija la recepción de ofertas para el 22 de mayo. Eleva el presupuesto base a RD$3,408,240,841.77, cambia la metodología de evaluación técnica y establece adjudicación por lotes con ponderación de 60% técnica y 40% económica. También fija plazos de ejecución y condiciones de evaluación de precios.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda del 18 de mayo introduce una metodología combinada y un umbral técnico de 48/60, mientras que el portal registra cierre el 22 de mayo. El lapso de cuatro días amerita verificar si la extensión fue proporcional a los cambios y si se permitió formular nuevas preguntas sobre los aspectos modificados.
“Santo Domingo, D.N. 18 de mayo de 2026 … La metodología y criterio de evaluación de la documentación técnica se realizará bajo la [firma] modalidad combinada; en consecuencia, una parte de la documentación será evaluada bajo el criterio”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda dispone el sorteo como regla general para resolver empates. El Reglamento prevé preferencias de inclusión y sostenibilidad como criterios de desempate y reserva el azar para los casos en que no haya ofertas que los propongan o el pliego no haya indicado criterio.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá con la adjudicación mediante una selección al azar, tipo sorteo, el cual se llevará a cabo de manera pública, con los oferentes empatados, el CCC y en presencia de Notari”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas
Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…
Aunque establece un lote por proveedor, la enmienda permite adjudicar lotes adicionales si quedan desiertos y condiciona esa posibilidad a lo que resulte conveniente para la institución. Conviene verificar que la asignación se resuelva con criterios objetivos y el orden de lugares ocupados, sin apartarse de las reglas de adjudicación publicadas.
“Si por los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego de condiciones fueran a quedar lotes desiertos, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) se reserva el derecho de adjudicar lotes adicionales a los ofere”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
La enmienda excluye de la adjudicación ofertas con cualquier precio unitario superior en más de 10% al valor referencial de la partida y lo califica como predatorio. Merece revisar la proporcionalidad de ese corte por partida frente a la regla legal que contempla declarar desierto cuando todas las ofertas habilitadas superen la apropiación en más de 30%, sin recursos adicionales.
“Si el precio unitario ofertado en una o más partidas es superior en más de un diez por ciento (10%) en relación con el presupuesto base o valor referencial de una o más partidas en relación con el presupuesto base establecido en el Anexos -”
Posible explicación normal: puede tratarse del procedimiento de control funcionando.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 128 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 128 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 128.- Declaratoria de procedimiento desierto. Antes de la adjudicación, mediante resolución debidamente motivada, la institución contratante podrá declarar desierto un procedimiento a la finalización del plazo para la presentación de propuestas, cuando se verifique alguna de las condiciones siguientes: 1) Que no se haya presentado alguna propuesta o que ningún oferente haya cumplido los requisitos para ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Que, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en los pliegos de condiciones, se determine que ningún oferente los cumple; 3) Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Cronograma de actividadesPresentación y apertura de ofertas
El resumen del pliego registra recepción de ofertas para el 20 de mayo de 2026.
Recepción del Sobre A y Sobre B el 22 de mayo de 2026 a las 10:00 a. m.; apertura de ofertas técnicas a las 10:30 a. m.
Relaja
Presupuesto baseMonto estimado y distribución por lotes
RD$2,886,643,846.44, según el resumen del acto enmendado del 15 de mayo.
RD$3,408,240,841.77, distribuido en nueve lotes.
Neutral
Precios ofertadosUmbrales de precios bajos y altos
El criterio anterior no se reproduce en esta enmienda.
Precios unitarios más de 10% por debajo del presupuesto se someten al procedimiento de oferta no sustentable; precios unitarios más de 10% por encima no se consideran para adjudicación.
Endurece
Tiempo de prestaciónPlazo máximo y entregables de diseño
El criterio previo no se reproduce en esta enmienda.
Ejecución máxima de seis meses desde el registro y certificación del contrato; estudios y diseños deben presentarse en 30 días, o en 45 días para puentes de gran envergadura.
Aclara
Evaluación técnicaMetodología y puntaje técnico
La metodología y los criterios técnicos anteriores no se reproducen íntegramente en esta enmienda.
Metodología combinada: documentación técnica bajo cumple/no cumple y criterios puntuables por hasta 60 puntos; mínimo técnico de 48/60 para pasar a la fase económica.
Neutral
Criterio de adjudicaciónPonderación y adjudicación por lotes
El criterio de adjudicación anterior no se reproduce en esta enmienda.
Mejor relación calidad-costo, con ponderación técnica de 60% y económica de 40%; un lote por proveedor, con posibilidad de adjudicar lotes adicionales si quedan desiertos.
Aclara
Desempate de ofertasMétodo de desempate
El criterio anterior no se reproduce en esta enmienda.
En caso de empate entre dos o más oferentes, se dispone selección al azar mediante sorteo público.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona