Publicado el 18 may de 202616 páginasEn el mensaje «Enmienda No. 1 Ref. MOPC-MAE-PEEN-2026-0002; Circular de Respuestas a Preguntas realizadas por los oferentes»
La circular responde consultas sobre la presentación de ofertas para el proceso MOPC-MAE-PEEN-2026-0002, convocado el 08/05/2026, y precisa distintos aspectos técnicos de las partidas y del personal. Indica que el diseño y los planos definitivos serán elaborados por los oferentes adjudicados y que las cuantías estructurales se fijarán después de la adjudicación; el presupuesto base registrado en el portal es RD$3,408,240,841.77. El portal registra actualmente el proceso como cancelado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular indica que los adjudicatarios prepararán los diseños y planos definitivos, y que las cuantías estructurales se definirán en el diseño aprobado después de la adjudicación. Esto deja aspectos del alcance y las cantidades por determinar al comparar las ofertas; para contratos de obra, la Ley y el Reglamento prevén estudios y documentación técnica de ingeniería antes de iniciar el procedimiento.
“El presente proceso de compras incluye el diseno y construcion de las obras. Los planos definitivos seran suministrados por los oferentes en caso de ser adjudicados. El adjudicatario debe realizar los estudios y el diseño correspondiente a ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Reglamento 52-26, artículo 86 — Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra
Artículo 86.- Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra. En los casos de contratos de obra pública, los estudios previos deben incluir, además de los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25: 1. Proyecto de ingeniería de detalle, con planos definitivos, especificaciones técnicas, memorias de cálculo y presupuesto desagregado; 2. Estudios de prefactibilidad y factibilidad, según la magnitud y complejidad de la obra; 3. Estudio de impacto ambiental, conforme a la normativa ambiental vigente, incluyendo medidas de mitigación y compensación; 4. Análisis de suelos, topografía, geotecnia, clima y accesibilidad, según corresponda; 5. Estimación del cronograma…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita la definición y verificación previa del alcance técnico y de las cantidades para comparar los precios ofertados..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Diseño, planos y cuantías estructuralesDefinición del alcance técnico después de la adjudicación
El pliego proporcionó listados de partidas y especificaciones, pero no los planos definitivos ni todas las cuantías estructurales.
La circular dispone que los oferentes adjudicados preparen los estudios y diseños, y que las cuantías estructurales se determinen en el diseño aprobado después de adjudicar.
RelajaQuita un control: Se debilita la definición y verificación previa del alcance técnico y de las cantidades para comparar los precios ofertados.
Especificaciones de partidas y materialesAclaraciones de dimensiones, cantidades y trabajos incluidos
Varias consultas solicitaban precisiones sobre dimensiones, longitudes, materiales y alcance de partidas.
La circular precisa, entre otros aspectos, diámetro de pilotes, distancias de acarreo, suministro de tubos y trabajos que deben incluirse en determinadas partidas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona