El Acto Administrativo núm. CC-2026-0156/DE, de 2026-05-08, ordena reevaluar las ofertas técnicas de los participantes habilitados y de Nuroza Group, tras la impugnación de Distribuidora Bethesda contra la adjudicación a Nuroza de los lotes XIII, XIV, XV y XVI. La institución también consigna que detectó posibles desajustes entre la elegibilidad de segmentos MIPYME y MIPYME Mujer y algunas adjudicaciones anteriores; esta acta ordena revisar, pero no resuelve la impugnación ni comunica el resultado de la reevaluación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El aviso menciona reconsideración o impugnación y apelación o recurso jerárquico, pero no expresa los plazos para interponerlos. El artículo 13 del Reglamento 416-23 exige que los actos indiquen explícitamente las vías recursivas y sus plazos; los artículos 215 y 218 fijan diez días hábiles para las etapas correspondientes.
“A) en sede administrativa, mediante Recurso de Reconsideración o Impugnación que deberá ser interpuesto por escrito ante la propia entidad contratante, dígase, el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI), confo”
Artículo 13. Actos administrativos. Todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de selección serán formalizadas mediante actos administrativos que deberán estar debidamente motivados. En consecuencia, además de aquellas previstas en el artículo 15 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, de manera enunciativa y no limitativa, aplicarán para: 1) La decisión de suspender el procedimiento en alguna etapa o en su globalidad. 2) La respuesta a los recursos o las solicitudes de investigación recibidas. 3) La aplicación de sanciones a los servidores públicos. Párrafo I. Los actos administrativos, y todos los documentos que componen el expediente administrativo, podrán ser firmados…
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
Oferentes que registra (7)
7 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Distribuidora Bethesda, SRLEl acta la identifica como recurrente y menciona la adjudicación previa de los lotes VIII, X y XX.
Adjudicado
Lotes VIII, X y XX
RD$130,698,632
Nuroza Group, S.R.L.Adjudicataria previa de los lotes XIII, XIV, XV y XVI; Bethesda impugna esa adjudicación alegando incumplimiento de territorialidad. El acta ordena reevaluar su oferta.
Adjudicado
Lotes XIII, XIV, XV y XVI
RD$174,079,167
Primen Distribuidora, SRLEl acta la incluye entre las adjudicatarias previas que, según consigna, cumplieron los requisitos del pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…