El documento es un estudio previo de noviembre de 2025 para el suministro nacional de alimentos a centros CAIPI y CAFI, con entregas según requerimiento y un horizonte de doce meses. Consigna varias cifras globales que no coinciden entre sí: RD$3,000,000,000.00 como costo estimado, RD$3,375,194,465.52 como total de la tabla regional y RD$3,436,291,479.33 como monto contemplado en el PACC. También inserta extractos que ordenan adjudicaciones de una subasta inversa electrónica, sin identificarla como adjudicación del proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0030.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El costo estimado de RD$3,000,000,000.00 no coincide con el total de la tabla regional, RD$3,375,194,465.52, ni con el monto que el mismo documento dice estar contemplado en el PACC, RD$3,436,291,479.33. La diferencia entre los dos últimos es RD$61,097,013.81; conviene verificar cuál cifra sustenta la planificación y el presupuesto del proceso.
“El costo estimado para la contratación del suministro y distribución de alimentos perecederos y no perecederos en los centros CAIPI y CAFI a nivel nacional asciende a tres mil millones de pesos dominicanos con 00/100 (RD$ 3,000,000,000.00).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Ley 340-06, art. 38 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
ART. 38. Las entidades comprendidas en el ámbito de la presente ley están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios, de acuerdo con las normas y metodologías que al respecto dicte el Órgano Rector. Los planes y programas anuales se elaborarán con base en las políticas que dicte la Secretaría de Estado de Finanzas o, en el caso que corresponda, por el Consejo Directivo de las instituciones o por la Sala Capitular de los Ayuntamientos. Estos serán consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. Asimismo, los planes y programas servirán de base para la programación periódica de la ejecución del presupuesto. PÁRRAFO…
El documento afirma que el 8% de RD$3,436,291,479.33 equivale a RD$47,998,268.05; el 8% de esa base es RD$274,903,318.35. El equivalente declarado representa aproximadamente 1.4% del monto indicado, por lo que debe verificarse la programación financiera consignada.
“Para el ejercicio fiscal 2025 se ejecutará el 8% del monto total, equivalente a RD$47,998,268.05, distribuidos por zona.”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Ley 340-06, art. 38 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
ART. 38. Las entidades comprendidas en el ámbito de la presente ley están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios, de acuerdo con las normas y metodologías que al respecto dicte el Órgano Rector. Los planes y programas anuales se elaborarán con base en las políticas que dicte la Secretaría de Estado de Finanzas o, en el caso que corresponda, por el Consejo Directivo de las instituciones o por la Sala Capitular de los Ayuntamientos. Estos serán consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. Asimismo, los planes y programas servirán de base para la programación periódica de la ejecución del presupuesto. PÁRRAFO…
Oferentes que registra (9)
9 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Distribuidora Hued, SRLEl extracto incluido indica adjudicación del lote 2 de la Zona Metropolitana en una subasta inversa electrónica; no se atribuye esa adjudicación al proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0030.
Mencionado
Lote 2, Zona Metropolitana
RD$17,000,000
Pedro Vladimir Ruiz de la RosaEl extracto incluido indica adjudicación del lote 3 de la Zona Metropolitana en una subasta inversa electrónica; no se atribuye esa adjudicación al proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0030.
Mencionado
Lote 3, Zona Metropolitana
RD$16,495,000
Hector Bienvenido Herrera RomeroEl extracto incluido indica adjudicación de los lotes 4 y 6 de la Zona Sur en una subasta inversa electrónica; no se atribuye esa adjudicación al proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0030.
Mencionado
Lotes 4 y 6, Zona Sur
RD$15,440,625
Brisas del Mar Trucking, SRLEl extracto incluido indica adjudicación del lote 5 de la Zona Sur en una subasta inversa electrónica; no se atribuye esa adjudicación al proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0030.
Mencionado
Lote 5, Zona Sur
RD$7,952,935
Restaurante y Reposteria Punta Caleta, SRLEl extracto incluido indica adjudicación de los lotes 7, 8 y 9 de la Zona Este en una subasta inversa electrónica; no se atribuye esa adjudicación al proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0030.
Mencionado
Lotes 7, 8 y 9, Zona Este
RD$23,874,564
Consorcio Integral de AlimentosEl extracto incluido indica adjudicación de los lotes 10 y 12 de la Zona Norte Occidental en una subasta inversa electrónica; no se atribuye esa adjudicación al proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0030.
Mencionado
Lotes 10 y 12, Zona Norte Occidental
RD$12,975,000
Suplimade Comercial, SRLEl extracto incluido indica adjudicación del lote 11 de la Zona Norte Occidental en una subasta inversa electrónica; no se atribuye esa adjudicación al proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0030.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El extracto incluido indica adjudicación de los lotes 13 y 15 de la Zona Norte Oriental en una subasta inversa electrónica; no se atribuye esa adjudicación al proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0030.
Mencionado
Lotes 13 y 15, Zona Norte Oriental
RD$20,127,540
Neoagro, SRLEl extracto incluido indica adjudicación del lote 14 de la Zona Norte Oriental en una subasta inversa electrónica; no se atribuye esa adjudicación al proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0030.