La Circular No. 01, de fecha 2026-05-05, responde consultas sobre el proceso EDEESTE-CCC-LPN-2026-0001. Aclara que el mínimo de experiencia es de 36 meses y puede acreditarse mediante varios contratos; distingue esos 36 meses de ejecución de los 42 meses de vigencia contractual. También confirma la exención de garantía de seriedad para MIPYMES certificadas y que las brigadas adicionales no tienen permanencia mínima garantizada.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular afirma que los requisitos financieros se aplican uniformemente y que la línea de crédito es una validación alternativa, pero no precisa aquí sus montos ni cómo se calibran frente a la capacidad de MIPYMES. Conviene verificar en el pliego si los requisitos son proporcionales al valor y naturaleza del contrato.
“Los requisitos establecidos aplican de manera uniforme a todos los participantes, en virtud de que este proceso no está dirigido exclusivamente a MIPYMES. En ese sentido, las MIPYMES que cumplan con dichos requisitos podrán participar en ig”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
13.1.2 — Experiencia específicaAcumulación de experiencia
El requisito se describe como un mínimo de tres años, sin precisar en la consulta si debía acreditarse con un contrato único.
Se admite acreditar como empresa los 36 meses mediante uno o varios contratos.
Aclara
13.1.2 y Formulario F2 — ExperienciaActividades y contratos admisibles para acreditar experiencia
Experiencia en proyectos de inversión, actividades de obras, construcción o mantenimiento de redes eléctricas de MT y BT.
Se admiten contratos de naturaleza similar realizados en los últimos 15 años, incluso para otras entidades o como subcontratista si coincide el objeto técnico; cada contrato debe durar al menos un año consecutivo y acreditarse con soportes.
Relaja
15(e) — Garantía de seriedad de la ofertaExención para MIPYMES certificadas
La garantía figuraba como no subsanable, según la consulta planteada.
Las MIPYMES con certificación vigente no están obligadas a presentar la garantía y su ausencia no causa descalificación.
Relaja
Requisitos financierosAplicación uniforme y línea de crédito
La consulta plantea que la línea de crédito requerida a una MIPYME no debería ser igual a la de empresas grandes.
La circular afirma que los requisitos se aplican uniformemente a todos y que la línea de crédito sirve como segundo método de validación si no se cumplen los indicadores financieros.
Aclara
Plazo de ejecución y vigencia contractualDistinción entre ejecución del servicio y vigencia del contrato
El pliego indicaba 36 meses en un numeral y 42 meses en otro.
La circular establece 36 meses para ejecutar el servicio y 42 meses como vigencia del contrato.
Aclara
Base Técnica, numeral 1 — Brigadas adicionalesPermanencia y reducción de brigadas adicionales
La consulta pregunta si se garantiza un período mínimo de permanencia para las brigadas adicionales.
La circular confirma que no hay permanencia mínima garantizada y que EDEESTE puede reducir las brigadas, previa notificación, cuando lo justifiquen las condiciones del proyecto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona