El Acto núm. 212-2026, de 2026-04-21, declara inadmisible por extemporáneo el recurso de Electro Cable International Group y rechaza los recursos de Santana Germán, Elcom y RZ Energy. Confirma la no habilitación técnica de esas cuatro empresas, por la falta de documentación que el informe pericial considera no subsanable sobre el suministro satisfactorio de bienes. El acto también recoge que el recurso de Electro Cable fue presentado el 2026-04-01 y que los otros tres recursos fueron notificados a los demás oferentes el 2026-02-24.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto consigna que los recursos de Santana Germán, Elcom y RZ fueron notificados a los demás oferentes el 2026-02-24 y que no se recibieron escritos de defensa dentro del plazo. La decisión está fechada 2026-04-21; aun contando los cinco días calendario para las defensas, transcurrió más del plazo de quince días calendario previsto para decidir tras su vencimiento.
“Que, en fecha veinticuatro (24) de febrero del año dos mil veintiséis (2026), en atención a lo dispuesto por la normativa de selección que rige el procedimiento, el referido recurso fue notificado a los Oferentes a los fines de que, present”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 67 · Reglamento 416-23, art. 217 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 67
ART. 67. Toda reclamación o impugnación que realice el proveedor a la entidad contratante deberá formalizarse por escrito. La reclamación o impugnación seguirá los siguientes pasos: 1) El recurrente presentará la impugnación ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez días (10) a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. La entidad pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la actuación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros oferentes o adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento. 2) En los casos de…
Reglamento 416-23, artículo 217 — Procedimiento, instrucción y decisión del recurso
Artículo 217. Procedimiento, instrucción y decisión del recurso. De conformidad con lo previsto en la ley, el procedimiento a agotar por las instituciones contratantes para los recursos de impugnación es el siguiente: 1. Se procederá dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la recepción del recurso, a notificar a las demás partes involucradas, a través de las vías habilitadas al efecto. 2. Se verificará si existe alguna causa de inadmisibilidad de orden público del recurso en cuestión, y en dicho caso se procederá a declararla de oficio. Dicha decisión será notificada a la parte recurrente y a los terceros involucrados. 3. Las demás partes involucradas contarán con un plazo de cinco…
Al justificar la observancia estricta de los plazos, el acto alude a la finalidad de una declaratoria de emergencia, aunque el portal identifica este procedimiento como ordinario. La referencia podría ser texto de plantilla; el acto no fundamenta la decisión de inadmisibilidad de Electro Cable en una excepción de emergencia, por lo que se marca como aspecto contextual a verificar.
“Que, en tal contexto, la observancia estricta de los plazos procesales reviste carácter esencial para asegurar la celeridad administrativa, la ejecución oportuna de las adquisiciones estratégicas y la protección del interés público comprome”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 52 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 52 — Procedimiento de excepción por emergencia nacional
Artículo 52. Procedimiento de excepción por emergencia nacional. Se utilizará el procedimiento de excepción por emergencia nacional para las compras y contrataciones de bienes, servicios y obras necesarios para atender y dar respuesta a circunstancias, acontecimientos graves e inminentes de fuerza mayor que son imposibles de evitar y afectan o pudieran afectar a todas las personas, el interés público, vidas o la economía del país. Serán consideradas causas de emergencia nacional, de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes: 1. Catástrofes naturales, calamidades públicas (terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos o forestales). 2. Crisis sanitarias (pandemias y…
Santana Germán Supply Battery Solar, S.R.L.El recurso fue rechazado en cuanto al fondo y se confirmó su no habilitación técnica por no presentar la documentación considerada no subsanable sobre suministro satisfactorio de los bienes; el acto también señala que no presentó contratos u órdenes de compra para validar la información.
No habilitado
Ítems 2 y 4
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Elcom Electrical Company, S.R.L.El recurso fue rechazado en cuanto al fondo y se confirmó su no habilitación técnica por no presentar documentación considerada no subsanable sobre suministro satisfactorio de los bienes ni certificaciones de satisfacción.
No habilitado
Ítems 1 y 3
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RZ Energy, S.R.L.El recurso fue rechazado en cuanto al fondo y se confirmó su no habilitación técnica por no presentar la documentación considerada no subsanable sobre suministro satisfactorio de los bienes.
No habilitado
Ítems 1 y 5
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Electro Cable International Group, S.R.L.El recurso fue declarado inadmisible por extemporáneo; se mantiene la no habilitación técnica por no presentar la documentación considerada no subsanable sobre suministro satisfactorio de los bienes.
No habilitado
Ítems 1, 3 y 5
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Armada Led, S.R.L.El acto recoge su habilitación técnica para la apertura de la oferta económica en los ítems indicados; no habilitada en el ítem 2.
Habilitado
Ítems 1, 3, 4 y 5 habilitado; ítem 2 no habilitado
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Dutech Dominicana, S.R.L.El acto recoge su habilitación técnica para la apertura de la oferta económica en los ítems indicados.
Habilitado
Ítems 1, 3 y 4
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Punto Market, S.R.L.El acto recoge su habilitación técnica para la apertura de la oferta económica en los ítems indicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Energy and Safety Group, E&SG, S.R.L.No habilitada técnicamente en los ítems indicados por no presentar la documentación considerada no subsanable sobre suministro satisfactorio de los bienes.
No habilitado
Ítems 1, 3 y 4
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Unisun Electric, S.R.L.No habilitada técnicamente por no presentar la documentación considerada no subsanable sobre suministro satisfactorio de los bienes y no presentar la muestra, según el acto reproducido.