El Acta núm. 132-2026, de fecha 2026-05-01, aprueba la primera enmienda al pliego del proceso INABIE-CCC-LPN-2026-0004. Entre otros cambios, modifica el inicio de ejecución para adjudicatarios MIPYMES, la recepción de ofertas, la inspección de plantas y el criterio de adjudicación; también fija anticipos MIPYME en dos tramos de 15% y pagos de facturas en plazos de 45 a 60 días hábiles.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se anticipa el inicio de la ejecución respecto de la certificación del contrato, que sirve para verificar su formalización y registro.; Se debilita el control sorpresa sobre la capacidad instalada y las condiciones operativas observadas en la planta.; Se amplía el plazo para presentar facturas, postergando el registro y conciliación de las entregas facturadas..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda dispone un primer desembolso equivalente al 15% del contrato entre 45 y 60 días hábiles después del registro y condiciona el segundo 15% a que se haya amortizado totalmente el anticipo del período escolar anterior. Esto se aparta del plazo de entrega del anticipo MIPYME establecido para la suscripción del contrato.
“porciento (50%) delvalor total del anticipo, es decir, el 15% del valor delcontrato, correspondiente al añoescolar 2026-2027, se entregará en un plazo … de 45 a 60 días hábiles, luego del registro satisfactorio del contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Para proveedores que no sean MIPYMES, el acta fija pagos a 45–60 días hábiles desde la recepción conforme del expediente. La Ley establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento.
“En el caso de que los oferentes no sean empresas MiPymes, el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil realizara los pagos a presentación de facturas un plazo de 45 a 60 días hábiles posterior a la recepción conforme del expediente, compr”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
La enmienda hace comenzar los 24 meses de ejecución de los adjudicatarios MIPYMES desde el pago del anticipo, antes de la certificación del contrato por la Contraloría. La regla legal condiciona el inicio de la ejecución a la formalización contractual, al registro cuando corresponda y al pago del anticipo acordado.
“En caso de que el/los adjudicatarios sean una empresa MIPYMES, el tiempo de ejecución de los servicios serán contados a partir del pago del anticipo, previo a la certificación del Contrato suscrito entre las partes por la Contraloría Genera”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
La cláusula remite al artículo 225 del Reglamento 52-26 para ejecutar la garantía de seriedad de la oferta; en el texto reglamentario proporcionado, el artículo 225 trata del registro del anticipo MIPYME y el procedimiento de ejecución de esa garantía se desarrolla en el artículo 216. Conviene verificar la referencia aplicable en la gestión de una eventual ejecución.
“En el caso de que el adjudicatario se negase de forma injustificada a presentar la garantía de fiel cumplimiento y a suscribir el contrato, el CCC ejecutará la garantía de seriedad de la oferta siguiendo el procedimiento previsto en el artí”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 216 · Reglamento 52-26, art. 225 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 216 — Ejecución de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 216.- Ejecución de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Cuando un oferente, sin justa causa, retire su propuesta luego de haberse iniciado la fase de apertura de las ofertas o en caso de resultar adjudicado, si se negase de forma injustificada a presentar la garantía de fiel cumplimiento y a suscribir el contrato, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, puede ejecutar la garantía de mantenimiento y seriedad conforme al siguiente procedimiento: 1. Emite un acto administrativo motivado declarando el incumplimiento del oferente y la intención de iniciar el procedimiento de ejecución de garantía. 2. El acto…
Reglamento 52-26, artículo 225 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 225.- Anticipo de pago a MIPYMES. El desembolso del pago realizado a una MIPYME por concepto de anticipo debe ser registrado obligatoriamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, así como la constancia de su aplicación en la ejecución contractual.
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
6. Tiempo de ejecución del servicioInicio de la ejecución para adjudicatarios MIPYMES
El plazo de 24 meses comienza con la certificación del contrato por la Contraloría General de la República.
Para adjudicatarios MIPYMES, el plazo comienza con el pago del anticipo, antes de la certificación del contrato por la Contraloría General de la República.
RelajaQuita un control: Se anticipa el inicio de la ejecución respecto de la certificación del contrato, que sirve para verificar su formalización y registro.
9.1. Ofertas en formato electrónico vía SECPPresentación de ofertas ante incidencias técnicas
Se admitía excepcionalmente la entrega física en memorias USB y respaldo impreso ante una falla del SECP, sujeta a evidencia y verificación de la DGCP.
La redacción modificada mantiene la recepción de las ofertas exclusivamente a través del SECP y elimina la alternativa de entrega física en USB.
Endurece
12.1.4. Evaluación de la visita de inspecciónAviso previo de inspecciones a las unidades productivas
Las inspecciones debían ser sorpresivas y grabadas.
Los peritos deben comunicarse con el representante autorizado horas antes para coordinar la visita; la visita se graba.
RelajaQuita un control: Se debilita el control sorpresa sobre la capacidad instalada y las condiciones operativas observadas en la planta.
10. Criterio de adjudicaciónNúmero de ofertas que pueden recibir adjudicación por puntaje técnico
Se adjudicará la oferta que obtenga la mayor puntuación técnica.
Se adjudicará a las ofertas que obtengan la mayor puntuación técnica.
Relaja
2. Apertura de ofertas técnicas y 5. Apertura y evaluación de ofertas económicasApertura de ofertas presentadas en físico
Se contemplaba la apertura de ofertas recibidas en formato electrónico o en memorias USB; las ofertas económicas físicas quedarían bajo custodia hasta su apertura.
La apertura técnica se describe sin referencia a ofertas físicas y la apertura económica prevé únicamente el desencriptado de ofertas enviadas electrónicamente por el SECP.
Endurece
7. Anticipo y garantía de buen uso de anticipoPorcentaje y amortización del anticipo MIPYME
El texto contemplaba anticipo general de 20%, 30% para MIPYMES y amortización de 10% por cada período escolar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La redacción sustituida establece anticipo de 30% para MIPYMES, amortizado a razón de 15% en cada período escolar, y lo divide en dos desembolsos.
Neutral
12. Condiciones de pago y retencionesPlazos de pago y presentación de facturas
El texto fijaba pagos dentro de 30 días hábiles tras la recepción conforme del expediente y presentación de facturas dentro de 30 días calendario del cierre del mes facturado.
Establece pagos en 45 a 60 días hábiles y amplía a 60 días calendario el plazo para presentar facturas; para MIPYMES, el anticipo se paga en dos tramos de 15%.
RelajaQuita un control: Se amplía el plazo para presentar facturas, postergando el registro y conciliación de las entregas facturadas.
Formulario de Compromiso ético de proveedores del Estado.docx