El acto del comité también se presenta como autorización de la máxima autoridad
· hace 5 meses
La resolución, aprobada por los miembros del comité, afirma que autoriza el procedimiento en atribuciones de la máxima autoridad ejecutiva. El Reglamento dispone que, en procedimientos de emergencia, la máxima autoridad ejecutiva debe autorizar al comité; conviene verificar si existió una autorización separada y quién la emitió.
“PRIMERO: En atribuciones y competencia de la máxima autoridad ejecutiva, conforme lo previsto en art. 152, numeral 2 del reglamento de aplicación de la Ley Núm. 47-25 sobre Contrataciones Públicas, AUTORIZA por medio del presente acto admin”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
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