El Registro de Adendas/Enmienda RA-01, fechado el 28 de abril de 2026, consigna cambios al pliego del proceso ITSC-CCC-SI-2026-0001, incluida la modificación de las especificaciones de los ítems 6, 28 y 29. También limita la carta de autorización del fabricante y establece condiciones diferenciadas para la subcontratación; el documento no registra ofertas ni adjudicaciones.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se admite una alianza o carta de compromiso en lugar de acreditar directamente la autorización del fabricante para comercializar, ofertar y suministrar..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Pliego, Sección I, ítems 6, 28 y 29Especificaciones técnicas de equipos
Se solicitaban productos y arquitecturas identificados como “Computadora basada en Chip M”, “Raspberry Pi kit” y “Jetson Nano”.
Se describen equipos con especificaciones detalladas y referencias del tipo “M3 Ultra”, “Raspberry Pi Compute Module 5” y “NVIDIA Maxwell”, añadiendo “o su equivalente” en las descripciones correspondientes.
Relaja
Pliego, Sección I, numeral 11.1.1, requisito 17Carta de autorización del fabricante
Se requería carta de autorización para la totalidad de equipos, licencias y mobiliarios.
La carta se exige para equipos y licencias; también se permite acreditar el requisito mediante acuerdo de alianza estratégica o carta de compromiso, sujeto a las formalidades indicadas.
RelajaQuita un control: Se admite una alianza o carta de compromiso en lugar de acreditar directamente la autorización del fabricante para comercializar, ofertar y suministrar.
Pliego, Sección II, numeral 12, subcontrataciónPorcentaje y condiciones de subcontratación
El contratista podía subcontratar hasta el 50% del monto total, sin distinción por condición MIPYME.
El límite general es 45%; puede alcanzar 50% solo si las subcontratadas son MIPYMES. Se exige identificar prestaciones y subcontratistas, acreditar la condición MIPYME cuando corresponda y cumplir requisitos de capacidad y ausencia de inhabilidades.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona