La Circular No. 01-2026, de fecha 2026-04-28, responde solicitudes de interesados y anuncia ajustes al pliego para el proceso CORAAPLATA-CCC-LPN-2026-0001. Acepta flexibilidad de diseño para el vehículo del Lote 1, autoriza subcontratar el equipo provisional exigido y anuncia cambiar la adjudicación de menor precio a una evaluación mixta con puntuación técnica y económica; indica que los cambios y la matriz se formalizarían mediante la Adenda No. 1.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se sustituyen especificaciones verificables de configuración por una certificación de desempeño; permanece el control de potencia, succión y seguridad, pero no se precisa quién certifica ni el método de verificación.; Se reduce el control objetivo de adjudicar al menor precio técnicamente admisible y se incorporan criterios puntuables; la circular remite la matriz de puntuación a una adenda posterior, por lo que esta circular no muestra ponderaciones ni reglas de valoración..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular anuncia para el Lote 1 el reemplazo de menor precio por evaluación mixta y añade factores de puntuación, pero remite la matriz a una adenda que se publicaría después. Conviene verificar que la matriz estableció previamente ponderaciones y reglas objetivas y que estuvo publicada antes del cierre de ofertas; esta circular por sí sola no permite comprobarlo.
“Dado que se ha flexibilizado la configuración técnica, CORAAPPLATA modificará la metodología de adjudicación de "Menor Precio" a una Metodología de Evaluación Mixta (Cumple/No Cumple + Puntaje Técnico y Económico). … Nota: Las modificacione”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Lote 1 – diseño y configuración técnicaFlexibilidad de diseño del vehículo especializado
El pliego establecía especificaciones sobre configuración del chasis, ubicación del carrete, diseño de la compuerta y tipo de bomba.
Se admite libertad de diseño y distintos sistemas tecnológicos, sujetos a certificación técnica de potencia mínima de 300 HP, capacidad de succión y seguridad operativa.
RelajaQuita un control: Se sustituyen especificaciones verificables de configuración por una certificación de desempeño; permanece el control de potencia, succión y seguridad, pero no se precisa quién certifica ni el método de verificación.
Numeral 4.5 – soporte logístico provisionalSubcontratación del equipo provisional
Se exigía proveer un equipo provisional igual o similar durante el periodo de fabricación.
Se mantiene la obligación de proveerlo, pero se autoriza cumplirla mediante subcontratación, renta o acuerdo con terceros.
RelajaQuita un control: Se elimina la exigencia de contar con flota propia en inventario local; el documento no especifica cómo se acreditará la disponibilidad del equipo de terceros.
Lote 1 – metodología de evaluación y adjudicaciónCambio de menor precio a evaluación mixta
La adjudicación se basaba en menor precio.
Se anuncia metodología mixta de cumple/no cumple más puntaje técnico y económico, con puntos por certificaciones de buena ejecución en el sector público, garantías extendidas, respuesta técnica y repuestos en el país, y calidad.
RelajaQuita un control: Se reduce el control objetivo de adjudicar al menor precio técnicamente admisible y se incorporan criterios puntuables; la circular remite la matriz de puntuación a una adenda posterior, por lo que esta circular no muestra ponderaciones ni reglas de valoración.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona