Publicado el 28 abr de 2026Fechado el 23 abr de 20268 páginasEn el mensaje «Notificación de acta de habilitación para apertura ofertas económicas (Sobre B)»
El Acto Administrativo CCC-042-2026, de 2026-04-24, aprueba los informes preliminar y final de evaluación técnica y habilita a Mediatrix, Solvex Dominicana y Wepsys para la apertura de los sobres B; no habilita al Consorcio DESYTEC, Qintess ni Soluciones Globales JM. El proceso es de un lote y la apropiación presupuestaria consignada es de RD$42,717,682.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto informa que cabe recurrir en «reconsideración», mientras que el reglamento identifica la primera vía administrativa como recurso de impugnación ante la institución contratante. Aunque indica un plazo de diez días hábiles y también menciona la vía judicial, la denominación puede generar incertidumbre sobre el trámite administrativo que corresponde.
“se indica a las demás partes envueltas, que la presente resolución puede ser recurrible en reconsideración, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de su recepción, conforme al artículo 67, numerales 1) y 8) de la Ley n”
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
ART. 67. Toda reclamación o impugnación que realice el proveedor a la entidad contratante deberá formalizarse por escrito. La reclamación o impugnación seguirá los siguientes pasos: 1) El recurrente presentará la impugnación ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez días (10) a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. La entidad pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la actuación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros oferentes o adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento. 2) En los casos de…
El acta consigna seis oferentes, incluido el Consorcio DESYTEC, mientras que la relación de ofertas proporcionada del portal registra cinco y no incluye al consorcio. Como el acta indica que algunas ofertas se presentaron en soporte físico, conviene verificar la publicación y trazabilidad de esa oferta en el expediente electrónico, sin que la diferencia por sí sola demuestre una irregularidad.
“haciéndose constar de seis (6) oferentes que presentaron sus ofertas en el período habilitado a estos fines, para poder pasar a la etapa de evaluación técnica según lo indicado en el pliego de condiciones del proceso SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 109 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
Oferentes que registra (6)
3 no habilitado · 3 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Consorcio DESYTECNo cumplió la evaluación legal, según el informe final aprobado; no habilitado para la apertura del Sobre B.
Mediatrix, SRLCumplió las evaluaciones legal, financiera y técnica; habilitada para la apertura del Sobre B.
Habilitado
Lote 1
—
Solvex Dominicana, SRLCumplió las evaluaciones legal, financiera y técnica; habilitada para la apertura del Sobre B.
Habilitado
Lote 1
RD$40,248,000
Wepsys, SRLCumplió las evaluaciones legal, financiera y técnica; habilitada para la apertura del Sobre B.
Habilitado
Lote 1
RD$41,461,065
Soluciones Globales JM, S.A.Cumplió las evaluaciones legal y financiera, pero no cumplió la evaluación técnica; no habilitada para la apertura del Sobre B.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona