La Enmienda No. 01, emitida el 23 de abril de 2026, modifica el pliego del proceso INCART-CCC-PEEX-2026-0001, cuyo valor referencial es RD$67,944,873.60. Entre otros cambios, precisa la acreditación de exclusividad, corrige fechas del cronograma, incorpora umbrales de solvencia y endeudamiento, agrega una declaración de oferta libre de colusión y actualiza la documentación legal y técnica y la descripción de los ocho ítems.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige que la autorización acredite la condición comercial vinculada a la exclusividad, pero la clasifica como subsanable. Conviene verificar que la condición de distribuidor exclusivo, representante autorizado o proveedor habilitado existiera al presentar la oferta; la Ley permite subsanar documentos de calificación si el oferente cumplía el requisito en ese momento.
“Carta de Autorización del Fabricante (Formulario SNCC.F.047), si el bien no es fabricado por el oferente. Esta autorización debe acreditar la condición de distribuidor exclusivo, representante autorizado o proveedor habilitado para suplir e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 161 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 161 — Procedimiento de selección competitiva en caso de bienes o servicios con exclusividad
Artículo 161.- Procedimiento de selección competitiva en caso de bienes o servicios con exclusividad. En los casos de contrataciones de bienes o servicios que, por su especialidad, solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores, que en ningún caso puede ser superior a cinco (5), se aplican las siguientes reglas particulares: 1. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 2. Se invita directamente a los proveedores que pueden satisfacer de manera exclusiva las prestaciones contractuales requeridas,…
11.1.3 Documentación técnicaAcreditación de exclusividad comercial
Se solicitaban documentos sanitarios y una carta de autorización del fabricante cuando el oferente no fabricara el bien, sin precisar que acreditara exclusividad.
La autorización debe acreditar que el oferente es distribuidor exclusivo, representante autorizado o proveedor habilitado para suplir el medicamento; la carta figura como subsanable.
Endurece
8. Cronograma de actividadesCorrección de fechas y numeración
El aviso y la notificación de adjudicación aparecían en 2025; el cronograma contenía además un espacio en blanco en la numeración.
El aviso queda fechado 20/04/2026 y la notificación de adjudicación 19/05/2026; se corrige la numeración de las actividades.
Aclara
11.1.2 y 13.3 Documentación y evaluación financieraÍndices financieros habilitantes
Según la enmienda, se pedían estados financieros e IR2, sin umbrales ni fórmulas para índices de liquidez o solvencia.
Se requieren estados financieros de los dos últimos ejercicios y se incorporan índices de solvencia superior a 1.20 y endeudamiento inferior a 1.5, evaluados cumple/no cumple.
Endurece
12.1 Documentos de la oferta económica “Sobre B”Declaración de oferta libre de colusión
No se requería la declaración jurada o certificación de oferta libre de colusión, según lo consignado en la enmienda.
Se incorpora una declaración jurada simple o certificación que manifieste que la oferta es auténtica, de buena fe y libre de prácticas colusorias.
Endurece
11.1.1 y 13.2 Documentación y evaluación legalDepuración de documentos legales y metodología
El documento indica que había requerimientos duplicados y que la metodología legal debía ajustarse a lo solicitado.
Se presenta una lista revisada de documentos y verificaciones en línea de DGII, TSS y RPE, y se actualiza la matriz de evaluación cumple/no cumple.
Aclara
3.1 Descripción de los bienesIdentificación y cantidades de medicamentos
La enmienda señala que la descripción previa debía aclararse para los oferentes.
Se detallan ocho ítems con medicamento, presentación y cantidad solicitada; el texto requiere prospecto e imágenes donde se visualicen la marca y las características ofertadas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona