La Circular núm. 01, fechada el 1 de abril de 2026, responde consultas de la licitación ETED-CCC-LPN-2026-0002 sobre requisitos del personal, acreditación de experiencia, datos técnicos y comerciales y entregables de la consultoría. Entre otras precisiones, permite acreditar la experiencia empresarial mediante proyectos del personal clave y aceptar el CV como evidencia; también asigna al consultor validaciones técnicas y actividades de transferencia de conocimientos. No identifica oferentes ni adjudica contratos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el control de experiencia corporativa directa como contratista; la trayectoria individual del personal puede sustituirla.; El CV puede sustituir la certificación de la entidad contratante, reduciendo la verificación externa directa de la experiencia declarada..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular condiciona la entrega de inventarios y estadísticas a que estén disponibles y consolidados; ante vacíos, asigna al consultor validaciones y levantamientos. Esa incertidumbre puede afectar la estimación comparable del esfuerzo y del costo de la consultoría, por lo que conviene verificar cómo se delimitó en el pliego y en la oferta.
“La ETED suministrará al adjudicatario, bajo coordinación con la UNTFO y previo acuerdo de confidencialidad, la información técnica e inventarios que se encuentren disponibles y consolidados. En caso de existir vacíos, desactualizaciones o i”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La circular incluye talleres y capacitaciones, pero deja para la ejecución la definición de participantes, modalidad y calendario mientras exige que las propuestas prevean recursos suficientes. Esa variabilidad puede dificultar que los oferentes presupuesten y comparen el alcance sobre una base común.
“La cantidad definitiva de participantes, la modalidad y la calendarización se coordinarán durante la ejecución del contrato; no obstante, la propuesta deberá prever recursos suficientes para realizar actividades de transferencia y apropiaci”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Requerimientos técnicos y de personal, pregunta 1Especialista en género e inclusión social
El perfil figuraba como “deseable” en el requerimiento del pliego.
Se confirma que no es obligatorio y que su ausencia no incumple el requisito ni descalifica; su inclusión puede valorarse cualitativamente.
Aclara
Formulario de Experiencia como Contratista, numeral 7Acreditación de experiencia empresarial
Se requerían al menos tres proyectos similares ejecutados por la empresa oferente en los últimos cinco años.
La experiencia también puede acreditarse con proyectos similares del personal clave propuesto, sujetos a las certificaciones y requisitos del pliego.
RelajaQuita un control: Reduce el control de experiencia corporativa directa como contratista; la trayectoria individual del personal puede sustituirla.
Experiencia profesional del personal principal, numeral 8Medios de prueba de experiencia del personal
La experiencia debía acreditarse mediante certificaciones emitidas por las entidades contratantes.
Se aceptan el CV y los formularios SNCC.D.048 y SNCC.D.045 si contienen información clara, suficiente y verificable de los proyectos y del rol desempeñado.
RelajaQuita un control: El CV puede sustituir la certificación de la entidad contratante, reduciendo la verificación externa directa de la experiencia declarada.
Alcance técnico de infraestructura, pregunta 4Validación de inventarios y visitas de campo
La consulta preguntó si habría inventario actualizado o si el consultor debía realizar levantamientos y visitas.
ETED entregará la información disponible y consolidada; ante vacíos o desactualización, el consultor deberá prever validaciones, levantamientos selectivos y visitas a los puntos que ETED defina.
Endurece
Metodología de proyección de demanda, pregunta 5Modelos de proyección y datos históricos
La consulta solicitó aclarar si se exigía un modelo econométrico específico y si se entregarían estadísticas históricas.
No se impone un modelo único; se aceptan metodologías sustentadas y se facilitarán los datos históricos disponibles, sujetos a confidencialidad.
Aclara
Entregables y software, pregunta 7Formato de entrega y herramientas
La consulta planteó si era obligatoria la integración con una plataforma específica y su licenciamiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
No se exige plataforma propietaria; se aceptan formatos editables y reutilizables, y cualquier herramienta con licencia especial debe detallar uso, transferencia y costos.
Aclara
Transferencia de conocimientos, pregunta 8Talleres y capacitación
La consulta pidió definir participantes y modalidad para dimensionar los recursos.
La transferencia, los talleres y/o capacitaciones son parte del alcance; cantidad, modalidad y calendario se coordinarán durante la ejecución, pero la propuesta debe prever recursos suficientes.