El pliego de febrero de 2026 establece las bases de la licitación ETED-CCC-LPN-2026-0002 para servicios de consultoría de estudio de mercado y oportunidades comerciales, con presupuesto de RD$35,000,000.00, distribuido en dos ítems de RD$17,500,000.00 cada uno. Fija un plazo de ejecución de hasta seis meses, requisitos de participación y evaluación, y un cronograma inicial con cierre de ofertas el 6 de abril de 2026; el portal registra posteriormente una enmienda que extendió ese plazo.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego prevé selección al azar ante cualquier empate. El Reglamento 52-26 establece primero criterios de preferencia vinculados a discapacidad, protección ambiental o subcontratación de MIPYMES, y contempla el azar bajo condiciones específicas; la regla general del pliego merece revisión.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a elegir la oferta por selección al azar, en presencia de notario público y de los interesados, para confirmar el cumplimiento con el criterio deberá existir constancia i”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas
Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…
El pliego considera perfeccionado el contrato después de su publicación y del registro ante la Contraloría, mientras que la Ley núm. 47-25 establece que el contrato se perfecciona con su formalización. La diferencia puede generar incertidumbre sobre cuándo nace el vínculo contractual.
“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, en el ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
El pliego establece un plazo de 60 días calendario desde la recepción de las facturas. La Ley núm. 47-25 fija un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, por lo que la cláusula merece revisión.
“La Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) realizará los pagos contra factura, producto de las obligaciones que generen el conjunto documental, en un plazo de sesenta (60) días calendario a partir de la recepción de facturas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego permite hasta 20 días hábiles desde la notificación de la adjudicación para suscribir el contrato. La Ley núm. 47-25 establece un máximo de 10 días hábiles, lo que puede prolongar la formalización respecto del plazo legal previsto.
“El contrato entre la ETED y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, que no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Aunque el pliego indica que a una MIPYME solo se le exigirá fianza de seguro, mantiene la exigencia de una garantía de seriedad del 1%. La ley establece que a las MIPYMES no se les requiere esa garantía, por lo que esta condición podría añadirles un requisito de participación.
“Garantía de seriedad de la oferta por un monto equivalente a uno por ciento ( 1 %) del monto de la oferta a presentar. Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego prohíbe la participación simultánea de empresas que compartan uno o más accionistas, además de la prohibición legal de multiplicidad de participación de una misma persona. La extensión a personas jurídicas distintas puede reducir la concurrencia y requiere comprobar su necesidad y proporcionalidad.
“Asimismo, no podrán participar de manera simultánea empresas que: a) compartan la misma composición accionaría o de socios, o b) coincidan en uno o más socios o accionistas. En tales casos, deberán participar por una sola de las personas fí”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Además de errores materiales o de moneda, el pliego permite subsanar una garantía que resulte insuficiente por una corrección aritmética de la oferta. El Reglamento 52-26 contempla la subsanación de errores materiales o de moneda; esta ampliación merece verificar si se aplica de forma uniforme y sin alterar las condiciones de las ofertas.
“Cuando contiene errores materiales o en la moneda solicitada y; 2) Cuando resulte en un monto insuficiente, producto de una corrección aritmética realizada a la oferta económica.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 204 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 204 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 204.- Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta contiene errores materiales o se encuentra emitida en una moneda distinta a la solicitada, puede requerirse al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento especificado en el pliego de condiciones, sin que el plazo pueda ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. Párrafo. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona