Las especificaciones de ETED, fechadas únicamente en marzo de 2026, establecen el alcance y las condiciones para contratar una auditoría de determinación del Valor Nuevo de Reemplazo de sus activos, con presupuesto referencial de RD$195,000,000 y plazo máximo de ejecución de nueve meses. El documento prevé levantamientos físicos con coberturas diferenciadas para líneas de transmisión, informes y pagos por entregables, y una adjudicación basada en una ponderación técnica de 70% y económica de 30%. Entre las reglas de evaluación figuran una exigencia de cronograma en un programa específico y una tabla de puntajes del personal clave que no coincide claramente con los puntos asignados a varios cargos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Se exige Microsoft Project Professional, un mínimo de 100 tareas y recursos asignados, y se asigna cero puntos a cualquier otro formato. La exclusividad del programa y el umbral de tareas pueden restringir la participación por aspectos de formato, más que por la capacidad sustantiva para ejecutar la consultoría.
“Nota: el oferente deberá remitir el cronograma en Microsoft Project Professional (digital y editable) y deberá estar (nivelado, con mínimo 100 tareas y con los recursos asignados en cada tarea). Cualquier otro formato presentado, NO será co”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El documento fija un plazo de ejecución de hasta nueve meses, pero su tabla asigna 15 puntos a cronogramas de más de nueve meses. La contradicción puede afectar la comparación de ofertas y la aplicación uniforme de los criterios.
“El plazo para la ejecución de los trabajos será de hasta nueve (9) meses, contados a partir de la suscripción del contrato o la orden de inicio del servicio. … Mayor de 9 meses (nivelado, con todos los informes y con los recursos asignados ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego original asignaba 10 puntos al criterio 'Experiencia del personal clave', pero los puntajes detallados por perfil sumaban 35 (Director del Proyecto 10, Director de Operaciones 10, especialistas evaluadores 8, encargado de inventario 4 y encargado de campo 3). La inconsistencia fue planteada por oferentes en la Circular No. 1 y ETED respondió que la corregiría; la Enmienda No. 1, publicada el 6 de mayo de 2026, modificó esa sección antes del cierre de ofertas del 18 de mayo.
“Experiencia del personal clave – 10 puntos … Director del Proyecto – 10 puntos”
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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
La documentación requerida fija experiencia como contratista igual o mayor a diez años. Por el valor y la especialidad del servicio, conviene revisar si este umbral es proporcional y está justificado frente a la capacidad técnica y la experiencia en proyectos similares exigidas en el mismo pliego.
“a. Experiencia como contratista igual o mayor a 10 (diez) años (SNCC.D.049)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Oferentes que registra (3)
1 no habilitado · 1 adjudicado · 1 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Inproaval & Asociados, S.R.L.Según el resumen del acta de adjudicación, no cumplió los aspectos legal y técnico; cumplió el financiero y obtuvo 53 puntos.
No habilitado
Ítem único
—
Servicios Integrales Corporativos T&P, S.R.L.Según el resumen del acta de adjudicación, fue habilitada en los aspectos legal, financiero y técnico, obtuvo 100 puntos y resultó adjudicataria por mejor relación calidad-costo.
Adjudicado
Ítem único
RD$165,750,000
Consorcio Levin-GME-BASegún el resumen del acta de adjudicación, cumplió los aspectos legal, financiero y técnico y obtuvo 89 puntos; no resultó adjudicado.
Habilitado
Ítem único
RD$182,715,000
Otros documentos del proceso (40)
CF.pdfCertificación de fondos · 31 mar de 2026 · 1 señal
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona