Referencia del proceso distinta a la identificada en el portal
· hace 6 meses
La resolución identifica el procedimiento como FONPER-CCP-CS-2026-003, mientras que el proceso del portal se identifica como FONPER-CCC-CP-2026-0003. La diferencia en siglas y numeración merece verificarse para asegurar que la aprobación y el pliego queden vinculados al expediente correcto; podría responder a una nomenclatura distinta para la modalidad simplificada.
“PRIMERO: AUTORIZA el uso del procedimiento de Contratación Simplificada para la “Readecuación de Oficinas y Mantenimiento del Muro Cortina del Edificio Gubernamental Dr. Rafael Kasse Acta (FONPER).” Referencia FONPER-CCP-CS-2026-003.”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 23 · Reglamento 52-26, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 23 — Expediente administrativo
Artículo 23.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación generará un expediente administrativo bajo las formas, condiciones y responsabilidades previstas en la Ley sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán el plazo por el cual debe mantenerse disponible este expediente administrativo. Párrafo II.- Las personas con calidad e interés jurídico en el procedimiento de contratación de que se trate, tendrán acceso al expediente administrativo respectivo, sin perjuicio de las reservas justificadas por razones de confidencialidad o interés…
Reglamento 52-26, artículo 82 — Expediente administrativo
Artículo 82.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación debe generar un expediente administrativo único, físico o electrónico, que integre de manera cronológica los actos, documentos, informes, comunicaciones, decisiones, notificaciones y demás piezas vinculadas al proceso de contratación, desde la planificación hasta la ejecución y el cierre del contrato. El expediente debe contener, como mínimo: 1. Estudios previos; 2. Acta de inicio o registro del procedimiento; 3. Pliego de condiciones y sus enmiendas; 4. Circulares de preguntas y respuestas; 5. Publicaciones de convocatorias y avisos; 6. Ofertas presentadas y documentación de los oferentes; 7. Actas de apertura,…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →