El Acta No. 12/2025, fechada el 6 de marzo de 2026, adjudica los 20 ítems de materiales de construcción a CONAGREMIX, Celna Enterprises, Soldier Electronic Security y Constructora Hertec, por montos individuales que suman RD$11,479,920.89. Sin embargo, el acta consigna un monto total adjudicado de RD$9,969,171.89. También afirma que el procedimiento se desarrolló conforme a la Ley 47-25 y el Reglamento 52-26, aunque la convocatoria fue el 17 de noviembre de 2025 y, según el marco aplicable, rige la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La convocatoria fue el 17 de noviembre de 2025, pero el acta afirma que el procedimiento se desarrolló conforme a la Ley 47-25 y al Reglamento 52-26. Para procesos convocados antes de la entrada en vigor de ese régimen, el marco indicado establece la continuidad de la normativa vigente al convocarse; debe verificarse la fundamentación normativa de la adjudicación.
“Que el procedimiento de referencia fue debidamente desarrollado, conforme a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento de Aplicación mediante el Decreto”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 77 · Reglamento 416-23, art. 253 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 77
ART. 77. Los procesos contractuales iniciados antes de la vigencia de esta ley, así como la celebración y ejecución de los contratos consiguientes, se sujetarán a lo establecido en las leyes vigentes al momento de la convocatoria, incluidas las recepciones, liquidación y solución de controversias.
Reglamento 416-23, artículo 253 — Entrada en vigencia
Artículo 253. Entrada en vigencia. El presente reglamento, a excepción del artículo 252 y su párrafo, entrará en vigencia a los seis (6) meses a partir de su promulgación.
El acta indica que cabe impugnación «o» recurso jerárquico. El Reglamento 416-23 establece la impugnación ante la institución como primera etapa y el recurso jerárquico ante la DGCP si no hay conformidad con la respuesta o no se obtiene respuesta; el aviso podría inducir a error sobre la secuencia de las vías administrativas.
“puede ser recurrido en sede administrativa mediante un recurso de impugnación o a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de diez (10) días”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 214 · Reglamento 416-23, art. 218 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 214 — Vías recursivas
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$1.5 millones
Los cuatro montos adjudicados consignados en el acta suman RD$11,479,920.89, pero el total general declarado es RD$9,969,171.89, una diferencia de RD$1,510,749.00. Los montos individuales sí corresponden a los contratos registrados en el portal; conviene verificar cuál cifra agregada sustenta el expediente.
“MONTO TOTAL ADJUDICADO: NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y UN PESOS DOMINICANOS CON 89/100 CENTAVOS (RD$9,969,171.89).”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona