La circular del 6 de marzo de 2026 responde consultas de oferentes en la licitación internacional para la consultoría y supervisión del puente basculante, cuyo presupuesto estimado es de RD$288,933,750. Permite presentar el precio por cuatro fases y el análisis de precios unitarios en formato propio con desglose verificable; también amplía las experiencias aceptables para determinados especialistas y mantiene la experiencia específica en puentes basculantes o infraestructura de operación especializada.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Amplía la experiencia admisible más allá de proyectos de puentes, aunque conserva la exigencia de pertinencia al área de especialidad.; Amplía la experiencia aceptable de construcción a diseño y supervisión de puentes, manteniendo la verificación y relación con las funciones..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular del 6 de marzo amplió la experiencia aceptable para cargos clave y el portal registra el cierre de ofertas para el 12 de marzo, seis días después. El artículo 104, párrafo II, exige extender proporcionalmente el plazo cuando una modificación se realiza después del 75 % del plazo de recepción; la circular no indica una extensión posterior a este cambio.
“Se aceptará como válida la experiencia certificada en proyectos de diseño, supervisión o construcción de puentes, siempre que dicha experiencia sea verificable y esté relacionada con las funciones que desempeñará el profesional dentro del p” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Oferta económica (Sobre B)Presentación del presupuesto por fases
Se solicitó un formato para el presupuesto detallado y se consultó si podía presentarse por cuatro fases.
Se permite usar el formulario SNCC.F.033 para las cuatro fases, con precio unitario, ITBIS y precio total por fase.
Aclara
Oferta económica (Sobre B)Formato del análisis de precios unitarios
Se solicitó un formato para presentar el análisis de costos unitarios con el ITBIS transparentado.
Cada oferente puede usar formato propio, con desglose de costos, precio unitario, ITBIS y total por actividad o fase; debe permitir verificar coherencia con el presupuesto.
Aclara
Personal claveExperiencia del Especialista en Monumentos
La consulta pidió que la experiencia no se limitara a la construcción de puentes.
Se acepta experiencia en conservación, intervención y gestión de bienes patrimoniales monumentales, vinculada o no a puentes, si es pertinente a la especialidad.
RelajaQuita un control: Amplía la experiencia admisible más allá de proyectos de puentes, aunque conserva la exigencia de pertinencia al área de especialidad.
Personal claveExperiencia para cargos técnicos y de dirección
La consulta planteó aceptar experiencia en diseño de puentes y no únicamente en construcción.
Para los cargos enumerados se acepta experiencia certificada en diseño, supervisión o construcción de puentes, verificable y relacionada con las funciones del profesional.
RelajaQuita un control: Amplía la experiencia aceptable de construcción a diseño y supervisión de puentes, manteniendo la verificación y relación con las funciones.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona