El pliego enmendado del proceso MOPC-CCC-LPI-2026-0002 convoca una licitación pública internacional para consultoría y supervisión del puente basculante, con presupuesto base de RD$288,933,750 y recepción de ofertas prevista para el 12 de marzo de 2026. Define cuatro fases y fija en distintas partes una duración de 24 meses y una vigencia contractual de tres años. El documento establece, además, condiciones de pago, formalización y subcontratación que ameritan revisión frente al marco legal vigente.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija un plazo estimado de ejecución de 24 meses, pero en las disposiciones contractuales indica una vigencia de tres años. La diferencia deja incierta la duración que servirá para cotizar y controlar las obligaciones contractuales.
“El plazo estimado para la ejecución de los trabajos se divide entre la consultoría y la de supervisión será de veinticuatro (24) meses calendarios. ... La vigencia del Contrato será de un periodo de tres (3) años a partir de la fecha de la ” (págs. 12-98, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos
Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…
El pliego permite subcontratar hasta el 50% del monto de las tareas de forma general. La Ley 47-25 fija un máximo ordinario de 45% y permite hasta 50% cuando las empresas subcontratadas sean MIPYMES; la cláusula no expresa esa condición especial.
“El(la) contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo con la Ley núm. 47-25.” (pág. 100, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación
Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…
Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES
Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
El pliego fija un plazo de hasta 20 días hábiles desde la notificación de adjudicación, mientras que la Ley 47-25 establece un máximo de 10 días hábiles. La diferencia puede extender el período entre la adjudicación y la formalización.
“El contrato entre Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego … el cual no deberá ser mayor a veinte (20” (pág. 97, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
El pliego establece hasta 60 días para pagar desde la presentación de las facturas. La Ley 47-25 establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de 60 días contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del servicio ofrecido.” (pág. 100, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Aunque el pliego menciona un anticipo de 30% para MIPYMES, permite pagarlo hasta 45 días después de la firma. La Ley 47-25 dispone que el anticipo del 30% se otorgue con la suscripción del contrato, orden o servicio; la demora afecta el momento de acceso a ese flujo de caja.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11. Condiciones de pago y retenciones que asciende a 20% de anticipo descrito en el este pliego para los proveedores que” (pág. 99, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Para la evaluación financiera de un consorcio, el pliego exige que la empresa líder tenga al menos 60% de participación, aunque permite sumar el patrimonio de los integrantes. Ese umbral de participación puede restringir cómo se conforman los consorcios y requiere verificar su proporcionalidad respecto del objeto y el valor del contrato.
“En caso de que la oferta sea presentada por un consorcio o promesa de consorcio, se considerarán los estados financieros de la empresa líder del consorcio, la cual deberá tener una participación mínima del 60%.” (pág. 68, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 35 · Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 35 — Oferentes
Artículo 35.- Oferentes. Podrán participar como oferentes en los procedimientos de contrataciones públicas previstos en la presente ley las personas siguientes: 1) Las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, u otras entidades con capacidad jurídica para contratar y asumir obligaciones, que hagan oferta de obras, bienes o servicios requeridos por las instituciones contratantes; y 2) Dos o más personas de las indicadas en el numeral 1) de este artículo, que presenten oferta como un conjunto y actuando como una sola persona y que, en consecuencia, serán consideradas como un consorcio, asumiendo responsabilidad solidaria frente a la institución contratante; a tales fines,…
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona