La solicitud de compra del Ayuntamiento del Distrito Nacional, fechada el 25 de febrero de 2026, identifica el servicio de montaje y producción del Carnaval DN 2026 como una unidad por RD$11,111,111.11. La solicitud consigna que la compra no está planificada; en el contexto del portal aparece posteriormente un renglón del Plan Anual de Contrataciones por el mismo monto y con inicio previsto el 13 de febrero de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud describe un servicio de montaje y producción, pero lo clasifica bajo el rubro “Artista e Intérpretes Profesionales”. Además, el portal identifica el ítem con UNSPSC 80141607, mientras que la solicitud consigna 93141701; conviene verificar cuál clasificación se utilizó para identificar el mercado y los proveedores pertinentes.
“Rubro: Artista e Intérpretes Profesionales Planificada: No”
El monto estimado del ítem, RD$11,111,111.11 por una unidad, contrasta marcadamente con la mediana de RD$22,000 consignada en los datos de referencia para el mismo nombre de ítem. Como son estimaciones de otros procesos y pueden diferir en alcance, unidades o escala, corresponde comprobar la comparabilidad y el sustento de mercado de este presupuesto.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
La solicitud marca la compra como no planificada. En el contexto del portal, el PAC 2026 publicado el 17 de septiembre de 2026 incluye un renglón de Gestión de eventos por RD$11,111,111.11, con inicio previsto el 13 de febrero y modalidad de excepción; al ser una publicación posterior, debe verificarse si esa contratación estaba incorporada en la versión del plan vigente al convocarse.
“Planificada: No”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona