Management Consulting Group, SRL presentó el 24 de febrero de 2026 una impugnación contra el Acto Administrativo núm. CC-2026-0047, que el escrito identifica como la adjudicación a ISAMT. MCG alega que su habilitación técnica fue modificada después de la apertura económica y que su oferta, según afirma, era la más económica; solicita revocar la adjudicación, retrotraer el proceso, obtener el expediente y detener la adjudicación mientras se resuelve el recurso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El recurso identifica el Acto CC-2026-0047 como fechado el 18 de febrero de 2026, mientras que el resumen del acta de adjudicación aportado para este proceso lo fecha el 23 de febrero. Conviene verificar el acto original y su notificación, pues la fecha puede incidir en el cómputo del plazo de impugnación.
“Acta Administrativa , de fecha 18 de febrero de 2026”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 215 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
MCG alega que remitió comunicaciones el 2 y el 20 de febrero y que, al presentar este escrito el 24 de febrero, no había recibido respuesta formal. Es una afirmación de la recurrente que requiere cotejo con el expediente; el breve intervalo desde la segunda comunicación no permite por sí solo concluir que venció un plazo de respuesta.
“Asimismo, dejamos constancia de que nuestra empresa ha remitido dos comunicaciones formales dentro del curso del proceso en fecha 02 y 20 de febrero del año 2026, sin que a la fecha se nos haya notificado respuesta expresa, motivada y forma”
Management Consulting Group, SRLEl escrito alega que fue excluida después de que se modificara su habilitación técnica; también afirma que su oferta era la más económica, sin indicar el monto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona