El pliego establece una licitación pública nacional, por lote único, para capacitar aproximadamente a 1,500 colaboradores del INAIPI, con un valor referencial de RD$55,000,000.00 y una ejecución de hasta 12 meses. Define una formación presencial de 120 horas, requisitos técnicos y logísticos, y una evaluación de hasta 80 puntos técnicos y 20 económicos; el cronograma incluye fechas de apertura y recepción que no guardan secuencia entre sí.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma fija la recepción de ofertas hasta el 28 de noviembre de 2025, pero programa la apertura técnica para el 28 de octubre de 2025. La secuencia contradictoria puede afectar la certeza sobre el plazo y el momento de apertura de las propuestas.
“Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) Hasta el 28 de noviembre 2025 desde las 8:30 a.m. hasta las 10:00 a.m. 5. Apertura, verificación, validación y evaluación del contenido de las Ofertas”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 115 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 115 — Recepción de propuestas
Artículo 115. Recepción de propuestas. Las ofertas podrán ser recibidas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en el cual, de forma automática, se registra la fecha y hora de la recepción, manteniéndose encriptadas, sin posibilidad de que se conozca su contenido hasta que la institución contratante realice la apertura, en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades previsto en el pliego de condiciones. Párrafo I. Cuando se trate de ofertas en formato o soporte papel, podrán ser recibidas desde el día de la convocatoria hasta el día y la hora fijados como plazo máximo para la presentación de las ofertas. En estos casos, la Unidad Operativa de Compras y…
El pliego exige una degustación tipo buffet para ocho personas, con numerosos alimentos y bebidas, y declara no subsanables varios de sus componentes. Aunque el catering forma parte del servicio, la amplitud y carácter eliminatorio de la prueba merecen revisión de proporcionalidad y de su relación con la evaluación del objeto.
“a) Degustación para (08) personas (No subsanable). b) El oferente debe presentar su degustación con 5 variedades de picadera (frías y/o calientes), 1 tabla de fiambres, 2 variedades de carnes, 2 variedades de arroz, 2 variedades de ensalada”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona