El informe definitivo de evaluación técnica, fechado el 10 de febrero de 2026, recomienda habilitar a THE CLASSIC GOURMET H&A, S.R.L., COMIDAS SANAS P&R, S.R.L. y MARTINEZ TORRES TRAVELING, S.R.L. para la apertura de sus ofertas económicas; recomienda inhabilitar a los otros cinco oferentes por incumplimientos documentales o técnicos. El documento también remite, al describir los requisitos evaluados, al pliego de una Comparación de Precios distinta del proceso que se está evaluando.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (1)
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal
Al describir los requisitos de la oferta técnica, el informe cita el pliego de la Comparación de Precios MIVHED-CCC-CP-2025-0005, no el de esta licitación. Aunque las conclusiones se presentan como basadas en el pliego del proceso actual, conviene verificar que la referencia equivocada no haya afectado los criterios aplicados.
“De conformidad a lo dispuesto en la página 13, numeral 14 sobre Documentación de la Oferta Técnica ("Sobre A") del Pliego de Condiciones del procedimiento de Comparación de Precios Ref.: MIVHED-CCC-CP-2025-0005”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Ley 340-06, art. 25 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
COMIDAS SANAS P&R, S.R.L.El informe registra que cumple con los requisitos legales, financieros y técnicos.
Habilitado
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MISTER SÁNDWICH COMIDAS Y MÁS, S.R.L.El informe registra que no cumple y remite al informe preliminar; allí consigna que el acta de asamblea no designa al gerente actual y que la declaración jurada no indica si hay personas expuestas políticamente.
P. A. CATERING, S.R.L.Durante la visita de inspección se observó poca higiene y que las instalaciones no eran de uso exclusivo para esterilizar la materia prima.
BLUE COMET CONSULTING, S.R.L.Durante la visita de inspección no se observaron herramientas con capacidad para procesar el producto final y las instalaciones no eran de uso exclusivo para esterilizar la materia prima.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona