El pliego enmendado establece una contratación competitiva por emergencia para brigadas de reducción de pérdidas, dividida en tres lotes, con valor referencial de RD$392,224,803.08 y ejecución de doce meses desde el 1 de abril de 2026. Fija la presentación de ofertas para el 25 de febrero de 2026 y la adjudicación por menor precio por lote. El texto contiene requisitos de línea de crédito distintos: 10% del valor referencial en una sección y 20% en otra.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el respaldo crediticio alternativo exigido para acreditar capacidad financiera; la tabla de evaluación aún conserva el 20%..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El requisito financiero detallado establece una línea de crédito del 10%, pero la tabla de evaluación exige 20%. La contradicción deja incierto el respaldo mínimo para demostrar estabilidad financiera y puede producir evaluaciones distintas entre oferentes.
““por al menos el diez por ciento (10%) del valor referencial del/de los Lotes ofertados” … “por al menos el veinte por ciento (20%) del valor referencial del/de los Lotes ofertados””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Documentación financieraLínea de crédito alternativa a los indicadores financieros
20% del valor referencial de los lotes ofertados, según el resumen de la versión anterior y la tabla de evaluación que permanece en este pliego.
10% del valor referencial de los lotes ofertados, según el requisito detallado en la sección financiera del pliego enmendado.
RelajaQuita un control: Reduce el respaldo crediticio alternativo exigido para acreditar capacidad financiera; la tabla de evaluación aún conserva el 20%.
Garantías del contratoSeguros por daños a terceros y a la propiedad
Según el resumen de la enmienda, no estaban incorporadas estas coberturas específicas.
Se exigen seguros de responsabilidad civil, daños a terceros y propiedad privada, entre otros, con límite mínimo de RD$10,000,000 por incidente y una cobertura adicional de RD$5,000,000.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona