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Pliego

Pliego de Condiciones OBRAS INEFI-CCC-CP-2026-0009.pdf

ADECUACION Y/O HABILITACION DE INSTALACIONES DEPORTIVAS EN CENTROS EDUCATIVOS, EXCLUSIVAMENTE PARA MIPYMES · Instituto Nacional de Educacion Fisica

Publicado el 27 ene de 202678 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INEFI-CCC-CP-2026-0009

Lo que dice

El pliego establece una comparación de precios para adecuar instalaciones deportivas en seis lotes, exclusivamente para MIPYMES, con presupuesto base de RD$84,000,000 y plazo de ejecución de un año. Fija inicialmente la recepción y apertura de ofertas para el 6 de febrero de 2026 y criterios de evaluación legal, financiera, técnica y económica; entre otros, exige capacidad financiera equivalente al 20% de la apropiación total del proceso y establece garantías para las obras.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$16.8 millones

Capacidad financiera calculada sobre la apropiación total del proceso

Documento del 27 ene 2026 · hace 8 meses

Se exige disponibilidad económica igual o superior al 20% de la apropiación total del proceso: sobre RD$84,000,000, equivale a RD$16,800,000. La exigencia se formula para los oferentes sin diferenciar cuánto ofertan o a cuántos lotes concurren, por lo que puede ser desproporcionada para quien participe en un solo lote y limitar la competencia entre MIPYMES.

“Presentar pruebas que evidencien disponibilidad económica a través de la suma de instrumentos de débito (cuentas corrientes, certificados, cuentas de ahorro, entre otros) o la suma de instrumentos de crédito (líneas de crédito), tal que por”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Credenciales académicas específicas para el director de obra

Documento del 27 ene 2026 · hace 8 meses

Para el director de obra, además de ser ingeniero civil y acreditar diez años de experiencia, el pliego exige certificación de Project Manager y una maestría en diseño, gestión y dirección de proyectos. Son credenciales específicas que podrían restringir la participación; el documento no explica su necesidad para estas obras.

“Director de Obra Ingeniero Civil 10 años de experiencia a partir del título académico … b.1 Certificación de Project Manager b.2 Maestría en Diseño, Gestión y Dirección de Proyectos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Garantía de vicios ocultos inferior a la prevista en el reglamento

Documento del 27 ene 2026 · hace 8 meses

El pliego fija una garantía del 5% del costo de los trabajos, mientras el artículo 207 del Reglamento 416-23 establece un 10%. Además, permite un plazo de tres a ocho meses para obras menores, aunque el artículo 208 establece una vigencia de uno a cinco años.

“Al finalizar los trabajos, el(la) contratista deberá presentar una garantía que consistirá en una póliza de Fianza a satisfacción de la institución contratante por un monto equivalente al cinco por ciento (5 %) del costo total al que hayan ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 207 · Reglamento 416-23, art. 208 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 207 — Monto de la garantía contra vicios ocultos

Artículo 207. Monto de la garantía contra vicios ocultos. La presentación de la garantía contra los vicios ocultos es obligatoria y será constituida por un monto equivalente al diez por ciento (10 %) del costo total al que hayan ascendido todos los trabajos realizados al concluir la obra.

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Reglamento 416-23, artículo 208 — Vigencia de la garantía contra los vicios ocultos

Artículo 208. Vigencia de la garantía contra los vicios ocultos. Esta garantía deberá constituirse por un período de uno (1) a cinco (5) años, según establezca el contrato, contados a partir de recibido conforme y definitivo por la institución contratante, con la finalidad de asegurar los trabajos de cualquier reparación que surja por algún defecto o vicio de construcción no detectado en el momento de recibir la obra. Párrafo. La constitución de esta garantía no exime las consideraciones establecidas en el Código Civil dominicano.

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Experiencia reciente limitada a proyectos deportivos

Documento del 27 ene 2026 · hace 8 meses

El pliego exige experiencia en proyectos deportivos ejecutados dentro de los tres años anteriores y su acreditación mediante acta de recepción y contrato. La limitación temporal y sectorial puede excluir experiencia pertinente en obras similares realizada fuera de ese período, sin que el texto aporte una justificación técnica específica.

“Experiencia de la Empresa en Obras Similares no mayor a Tres años de su Ejecución en Proyectos Deportivos evidenciados en el Form. 49, adjuntar Acta de Recepción y Contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Formato obligatorio de software propietario para los cronogramas

Documento del 27 ene 2026 · hace 8 meses

El pliego exige presentar la programación exclusivamente en Microsoft Project y solicita una licencia certificada, además del archivo .mpp. La exclusividad de un producto comercial puede elevar el costo de preparación y limitar la participación de oferentes que utilicen herramientas equivalentes.

“Los tiempos de ejecución deben ser presentados acompañados de Diagramas de Tareas, Gráficas de Gantt y Calendarios de Ejecuciones, como base de programación de los tiempos estimados estos deben ser presentado exclusivamente en Microsoft Pro”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Criterio financiero de endeudamiento con desigualdades contradictorias

Documento del 27 ene 2026 · hace 8 meses

La tabla presenta simultáneamente desigualdades incompatibles para decidir si el índice de endeudamiento cumple: una misma referencia aparece como “Menor o igual que > 2.7” para cumplir y “Mayor que < 2.7” para no cumplir. Esta formulación puede producir decisiones distintas sobre la habilitación financiera y requiere aclaración.

“Menor o igual que > 2.7 (Cumple) Mayor que < 2.7 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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