Enmienda (Enmienda núm. 2) relaja 6 controles del pliego
· hace 8 meses
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Permite completar después de la presentación documentos que verifican identidad, representación, estructura societaria y formalización del consorcio; no elimina esos requisitos.; Debilita el control sobre la oportunidad de acreditar el cumplimiento fiscal, de seguridad social y la actividad comercial del RPE; la enmienda mantiene la verificación en línea.; Permite completar posteriormente documentos que acreditan facturación, solvencia, liquidez, endeudamiento y relación financiera; los umbrales y criterios financieros no se eliminan.; Debilita el control temporal de la documentación que acredita autorización, experiencia, certificaciones, garantías, soporte posventa, piezas y capacidad del personal; los requisitos sustantivos permanecen en el pliego.; Permite completar después de
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
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