Publicado el 8 ene de 2026Fechado el 28 dic de 20255 páginasEn el mensaje «NOTIFICACIÓN DE PRIMERA CIRCULAR DE ENMIENDA Y CIRCULAR NO. 1 DE RESPUESTA A LOS OFERENTES-INAIPI-CCC-LPN-2025-0034»
La Circular núm. 1 responde consultas de oferentes del proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0034, fechado en el encabezado el 29 de diciembre de 2025 y formalizado el 2 de enero de 2026. Confirma como no subsanable la disponibilidad en almacén del 20 % de los elementos ofertados; precisa, entre otros aspectos, que la línea de crédito debe equivaler al 20 % de la oferta y fija garantías mínimas de 25 años para paneles, 5 años para inversores y 10 años u 8,000 ciclos para baterías. También aclara parámetros eléctricos y de dimensionamiento, y rechaza la sugerencia de exigir inversores Split Phase.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento confirma que cada oferente debe acreditar existencia en almacén de al menos el 20 % de los elementos ofertados y excluye la subsanación. La exigencia de inventario previo puede elevar la barrera de entrada y merece comprobarse frente a la necesidad y proporcionalidad del suministro, aunque la institución invoca riesgos de abastecimiento.
“El oferente deberá cumplir estrictamente con la disponibilidad inmediata requerida en el Pliego de Condiciones, conforme a lo allí establecido, sin que sea posible su subsanación.”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Carta bancaria / requisitos financierosNaturaleza, cuantía y vigencia de la carta bancaria
El pliego mencionaba una «carta bancaria», sin que la consulta entendiera definido el tipo de documento.
Se aclara que debe acreditar una línea de crédito vigente equivalente al menos al 20 % de la oferta y estar emitida dentro de los 30 días anteriores a la presentación.
Aclara
Garantías de componentesGarantía mínima de paneles, inversores y baterías
La consulta preguntaba si los 25 años requeridos correspondían a garantía de producto o de desempeño y solicitaba reducir los mínimos.
La respuesta fija mínimos de 25 años para paneles, 5 años para inversores y 10 años u 8,000 ciclos de carga/descarga para baterías, sin diferenciar garantía de producto y de desempeño de los paneles.
Aclara
Especificaciones eléctricas y dimensionamientoVoltaje de entrada y base para elaborar la propuesta
Las consultas pedían precisar voltajes, cargas y capacidades por centro; se solicitaba exigir inversores Split Phase.
Se indica voltaje de entrada de 150–600 V DC y que la propuesta se base en el consumo por centro; se rechaza la sugerencia de inversores Split Phase.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La circular precisa que la carta bancaria debe acreditar una línea de crédito vigente equivalente al 20 % del valor total ofertado y emitida dentro de los 30 días previos a la oferta. Es una exigencia financiera concreta que puede restringir la participación; conviene contrastar su proporcionalidad con el objeto y los lotes.
“La línea de crédito certificada debe ser por un monto mínimo equivalente al 20 % del valor total de la oferta presentada por el proponente.”
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El recurrente de la consulta alegó que la garantía de producto suele ser menor que la de desempeño; la respuesta mantiene 25 años para paneles sin precisar cuál tipo de garantía cubre. Esa ambigüedad puede incidir en qué productos y proveedores cumplen, por lo que procede verificar la especificación y su disponibilidad en el mercado.
“Todos estos componentes deberán cumplir con los estándares técnicos y de calidad requeridos, y contar con una garantía mínima, para los paneles solares de 25 años; para los inversores de 5 años; y para las baterías 10 años u 8,000 ciclos de”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…