El Acta núm. 1, de fecha 2026-01-06, aprueba la evaluación económica y adjudica a Soluciones Globales JM, S.A. la totalidad de los ítems por RD$5,944,840.00. Considera no conforme la oferta de IQtek Solutions, S.R.L., por RD$7,349,256.53, y determina que el formulario económico firmado y sellado prevalece sobre las cifras digitadas en el SECP. La decisión se fundamenta en que Soluciones Globales fue el único oferente calificado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta fundamenta la adjudicación en que Soluciones Globales JM era el único oferente calificado. El artículo 145, párrafo I, del Reglamento 416-23 permite adjudicar sin puja cuando existe un único oferente conectado con una oferta inicial presentada; el acta no establece expresamente esa condición, por lo que conviene verificar el registro de la puja y su aplicación al caso.
“por ser el único oferente calificado de haber cumplido con los criterios establecidos en el Pliego de Condiciones y presentar la propuesta económica inicial inferior al presupuesto referencial de cada ítem requerido.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 145 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
IQtek Solutions, S.R.L.No cumplió el criterio económico: el acta consigna que su oferta inicial de RD$7,349,256.53 excedía el presupuesto referencial de RD$5,960,000.00 y el presupuesto referencial de cada artículo.
Descalificado
Totalidad del procedimiento
RD$7,349,257
Soluciones Globales JM, S.A.Único oferente calificado; el acta establece que cumplió los requisitos y presentó una oferta económica inicial inferior al presupuesto referencial de cada ítem.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona