Monto de IQtek en el informe difiere del registrado en el portal
· hace 9 meses
El portal registra para IQtek una oferta de RD$5,960,000, mientras que el informe consigna RD$7,349,256.53, monto que sirve de base para evaluarla como no conforme. La diferencia merece verificarse contra la oferta económica original y su registro en el SECP, pues incide en la evaluación y descalificación.
“El oferente detalló adecuadamente el monto de su oferta, ascendiente a siete millones trescientos cuarenta y nueve mil doscientos cincuenta y seis con 53/100 (RD$7,349,256.53).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 33 · Reglamento 416-23, art. 128 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 33 — Responsabilidad de la información gestionada en el SECP
Artículo 33. Responsabilidad de la información gestionada en el SECP. Las instituciones contratantes y los oferentes, como usuarios del SECP serán los responsables de la calidad, actualización y autenticidad de la información que publiquen en dicho sistema. En consecuencia, la Dirección General de Contrataciones Públicas no es responsable de la naturaleza y el contenido de la información generada por los usuarios y su responsabilidad se limita a mantener la integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos, por lo que el contenido de los documentos consolidados en soporte digital y generados por los usuarios, y las acciones derivadas del…
Reglamento 416-23, artículo 128 — Evaluación de las ofertas económicas
Artículo 128. Evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo al sistema de evaluación determinado en el pliego de condiciones y con apego irrestricto a los criterios de evaluación establecidos en este, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas procederán a la misma y dejarán constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe de evaluación.
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