El acta contempla cambiar el equipo de peritos
· hace 9 meses
El acta reserva al Comité la facultad de suprimir, adicionar o sustituir peritos durante el proceso, sin explicitar en esta cláusula cómo se documentaría que cualquier cambio mantiene los criterios de competencia, experiencia y ausencia de conflicto de interés. Es un aspecto de control que conviene verificar si se modifica posteriormente el equipo.
“El Comite de Compras y Contrataciones se reserva el derecho de suprimir, adicionar y/o sustituir peritos al equipo designado conforme se desprenda de las exigendas de los documentos del proceso.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →