jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

ESPECIFICACIONES TECNICAS INAIPI-CCC-CP-2025-0019.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE CAPACITACIÓN EN CULTURA ORGANIZACIONAL INSTITUCIONAL DIRIGIDA AL PERSONAL DEL INAIPI A NIVEL NACIONAL · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 18 dic de 2025Fechado el 15 dic de 202510 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-CCC-CP-2025-0019

Lo que dice

Las especificaciones establecen un lote único para cuatro eventos de capacitación en las zonas Norte, Sur, Este y Metropolitana, para un total de 745 personas, con un precio estimado total de RD$5,587,500. El servicio se plantea por 12 meses desde la suscripción del contrato o hasta agotar el monto, y el documento consigna la conformidad de los peritos el 16 de diciembre de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (2 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Exigencia de hotel cinco estrellas en cada zona

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego exige un hotel cinco estrellas en cada una de las zonas, además de capacidad, equipos y servicios específicos. Conviene verificar si la categoría hotelera es necesaria para el objeto y si restringe la cantidad de proveedores capaces de competir; el documento no explica esa exigencia.

“Lugar: Hotel cinco estrellas ubicado en la Zona Norte, fácil acceso y parqueos disponibles.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Causal de descalificación basada en vínculos entre empresas

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego contempla descalificar a oferentes por vínculos entre empresas y enumera como ejemplos socios comunes, domicilios o teléfonos compartidos, sin especificar en esta cláusula cómo se determina que esos vínculos afectan la competencia. Conviene revisar si se exige evidencia de coordinación y si la regla puede excluir a empresas relacionadas sin evaluar individualmente sus ofertas.

“Se descalificarán los oferentes que participen con diferentes empresas que se pruebe que poseen vínculos entre sí (socios comunes, mismas direcciones, teléfonos).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (22)

  • PLIEGO DE CONDICIONES - CAPACITACIÓN EN CULTURA ORGANIZACIONAL.pdfPliego · 18 dic de 2025 · 4 señales
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 18 dic de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 18 dic de 2025
  • contrato-ejecucion-de-servicios-firma-digital.docxContrato · 18 dic de 2025
  • SNCC_D038_Garantia_GFC.docxDocumento · 18 dic de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 18 dic de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 18 dic de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 18 dic de 2025
  • ACTA DE APROBACION DE PLIEGO DE CONDICIONES INAIPI-CCC-CP-2025-0019.pdfPliego · 18 dic de 2025
  • ACTA DE INICIO Y DESIGNACION DE PERITOS INAIPI-CCC-CP-2025-0019.pdfInforme pericial · 18 dic de 2025 · 2 señales
  • COMPROMISO ETICO INAIPI-CCC-CP-2025-0019.pdfDocumento · 18 dic de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Enmienda I.pdfEnmienda · 22 dic de 2025
  • Acta de habilitados.pdfInforme de evaluación · 28 ene de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 10 feb de 2026 · 3 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE APROBACION INFORME DEFINITIVO ECONOMICO Y RECOMENDACION DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA SOBRE B- CP-2025-0019.pdfActa · —
  • Adenda no.1.pdfEnmienda · —
  • CERTIFICADO DE CUOTA A COMPROMETER.pdfDocumento · —
  • CONTRATO WINPE GROUP (CP-2025-0019).pdfContrato · —
  • INFORME DEFINITIVO EVALUACION ECONOMICA Y RECOMENDACION DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —